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La Tribuna de Nertis

La tarta de la riqueza

Juan Luis Pavón, abogado de Nertis Legal, nos habla del impuesto de solidaridad a las grandes fortunas

  • Los integrantes del despacho de abogados Nertis. -

Permítanme que les pida un esfuerzo; imagínense que la riqueza de un país fuese una gran tarta redonda. Imagínense que el patrimonio personal de cada ciudadano fuese una porción de esa tarta. Imaginen que cuando un ciudadano aumenta su patrimonio, es siempre a costa de que otro lo pierda. Pues bien, solo en el caso en que el escenario que os acabo de plantear fuese cierto, tendría sentido la creación de un nuevo impuesto a la riqueza como el Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas -ITSGF- que ha entrado en vigor el 1 de enero de 2023.

Por suerte o por desgracia -cada uno que lo interprete como prefiera-la riqueza no es algo estático que permanece inalterable porque la riqueza puede crearse, puede destruirse y puede moverse de comunidad autónoma o de país, además, con mucha facilidad en algunos casos. Y deberíamos tener esto muy en cuenta a la hora de regular nuestro sistema impositivo porque si no, nos podemos encontrar con que cada vez tengamos más porción de la tarta sí, pero de una tarta cada vez más pequeña.

El ITSGFes un tributo de carácter directo, naturaleza personal y complementario al Impuesto sobre el Patrimonio que gravará el patrimonio neto de las personas físicas superior a 3 millones de euros y que nace con una doble finalidad: la primera recaudatoria y la segunda armonizadora.

La ministra de Hacienda prevé una recaudación anual cercana a 1.500 millones de euros y esto tendría sentido si la realidad se adaptase al modelo de la tarta planteado, pero como ya sabemos, esto no es así. Y es que cuando se grava la riqueza, se desincentiva la creación de riqueza y por ende la creación de empleo, es decir, la tarta se vuelve más pequeña y por tanto perdemos todos.

Con respecto a la segunda finalidad, detrás del eufemismo “armonizar” se encuentra en realidad un claro recorte a la autonomía territorial. Queda claro que la intención no es otra que la de recortar el alcance de la estrategia fiscal de algunas comunidades como Madrid o Andalucía que, en aras de abonar el terreno de las inversiones y la creación de riqueza, han bonificado el Impuesto sobre el Patrimonio.

Seamos claros, este impuesto ni tiene eficacia recaudatoria ni persigue armonizar sino más bien centralizar, así que, por favor, que alguien me explique a qué ha venido este tributo.

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