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El TSJA condena a la Junta a pagar 140.000 euros por un accidente laboral en un instituto

Durante la reclamación de la limpiadora, la Consejería reconoció al juez que "no contaba con póliza" para este tipo de siniestro

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  • Fachada del Instituto. -

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha ratificado la condena impuesta por el Juzgado de lo Social 12 de Málaga a la Consejería de Educación, por un accidente laboral sufrido por la trabajadora del Instituto de Educación Secundaria (IES) Salvador Rueda, y por la que fija una indemnización de 110.192 euros, más otros 30.000 de intereses y costas.

Los hechos ocurrieron el 30 de octubre de 2015 cuando la empleada estaba en su puesto de trabajo del departamento de inglés del centro público. En un momento dado de su jornada, tras bajarse de una silla después de limpiar una estantería, tropezó con uno de los salientes de hierro de ambos laterales, lo que provocó que perdiese el equilibrio cayendo al suelo. El resultado fue un traumatismo en la muñeca izquierda por el que tuvo que ser trasladada en ambulancia hasta el hospital, donde estuvo ingresada dos días. Su curación, según los hechos probados de la sentencia, requirieron de 482 días lo que le impidió realizar sus ocupaciones habituales. De hecho estuvo de baja hasta el 23 de febrero de 2017.

El informe médico, no cuestionado por la Junta de Andalucía en el proceso judicial, recoge artrosis postraumática en el antebrazo y muñeca, limitación de movilidad de la misma y parálisis en dos nervios (cubital y mediano), que conlleva además de una cicatriz *"una atrofia importante con dedos deformados en garra". La Inspección determinó, en mayo de 2017, que la trabajadora, que tenía 60 años cuando sucedieron los hechos, padecía unas secuelas que alcanzaban los 46 puntos, lo que suponía una incapacidad profesional. La limpiadora llevaba trabajando desde el año 1997 para la Junta como personal laboral,


En noviembre de 2017 presentó demanda contra la Consejería de Educación en la que pedía se condenase a la misma al pago de 129.365 euros en concepto de daños y perjuicios derivados por este accidente laboral de 2015. Pero aunque trató de buscar una conciliación, no fue hasta el *4 de febrero de 2022 cuando la magistrada de lo Social 12 dictó sentencia reconociendo los daños y fijando una compensación de 110.192 euros.

Previamente, la Junta admitió que subsidiariamente "le correspondería a la empleada únicamente la suma de 1.100 euros".

En  el recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del TSJA, con sede en Málaga, el asesor de la Junta argumentó que la limpiadora *"se subió por propia voluntad a una de las sillas de dicho departamento (...) sin que conste acreditada orden al respecto".

Sin embargo, los tres magistrados del TSJ de lo Social de Málaga dan credibilidad a lo declarado en el juicio de instancia, con testimonios como el de una compañera sobre que existían escaleras de tijeras en el instituto que, sin embargo, "no se ponían a disposición de las limpiadoras y se destinaban para los trabajadores del servicio técnico".

Por ello califican de "conjeturas" la posición del letrado de la Administración autonómica, que ha reconocido en el procedimiento judicial que el IES, ubicado en barrio Cruz de Humilladero, no contaba con una póliza de seguro de accidentes, contra cuya aseguradora la defensa de la trabajadora pretendió reclamar los daños. Los jueces, no obstante, acogen esta reclamación laboral y la resuelven mediante una responsabilidad civil del empleador público, aceptándose como un incumplimiento contractual del centro educativo al no proteger la seguridad física de la trabajadora y cometer una negligencia.

El pasado 26 de enero, la Sala de lo Social del TSJA ha ordenado la ejecución del pago por esta indemnización, fijada por el baremo de 2015 de accidentes de circulación, y al no haberse recurrido por la Junta de Andalucía al Tribunal Supremo.

 

 

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