Así lo ha acordado la sección tercera de la Sala de lo Penal de este tribunal en tres autos en los que además de la fianza les impone la obligación de designar domicilio, comparecer semanalmente en el Juzgado, entregar sus pasaportes y la prohibición de abandonar el país sin previa autorización judicial.
Además de invocar la disminución del riesgo de fuga y el arraigo, la Sala, en el caso de Enparantza, considera también que “no es despreciable el dato atinente a la profesión de abogado del recurrente” y, por ello, cree que la
puesta en libertad “favorecería sus posibilidades de adecuada defensa”.
En cuanto a Sarriegi, la ponente Clara Bayarri valora “la existencia de un entorno social y familiar de claro apoyo que compromete por él su palabra”.