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Campo de Gibraltar

TUE vuelve a dar la razón a España en un recurso de Gibraltar sobre protección medioambiental de aguas

La decisión no admite una nueva apelación y condena al Gobierno del Peñón a pagar las costas del procedimiento

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El Tribunal de Justicia de la UE ha dado por segunda vez y definitivamente la razón a España rechazando admitir a trámite un recurso de Gibraltar contra la capacidad de nuestro país de proteger medioambientalmente un hábitat natural que incluye las aguas en disputa que rodean el Peñón.

Un portavoz del tribunal, con sede en Luxemburgo, ha precisado este martes a Europa Press que se trata de una "decisión final" que no cabe apelar de nuevo.

La Corte desestimó en mayo de 2011 un primer recurso de Gibraltar, apoyado por Reino Unido, contra la decisión de la Comisión Europea de inscribir como espacio protegido de España la zona marítima denominada 'Estrecho Oriental', que incluye a su vez un área registrada anteriormente por el Reino Unido como un hábitat natural británico.

Gibraltar había solicitado a la justicia europea que anulara esta decisión alegando que la zona en cuestión incluye "aguas territoriales británicas de Gibraltar" --que España no le reconoce pues no se cedieron por el Tratado de Utrecht de 1713-- y una zona de alta mar.

El TUE rechazó la solicitud de Gibraltar y Reino Unido alegando que no era posible anular parcialmente, como se pedía, el registro del hábitat 'Estrecho Oriental' --o Lugar de Importancia Comunitaria (LIC), en la terminología comunitaria-- solo en la parte que afectaba a las aguas en disputa.

Gibraltar recurrió en julio de 2011 esta decisión, insistiendo en que la Comisión Europea trata, "de un modo incorrecto y contrario a su práctica habitual", las aguas territoriales británicas de Gibraltar como si fueran de España.

RECURSO "CLARAMENTE INFUNDADO"

Pero el TUE se reafirmó en su postura y el 12 de julio pasado publicó una orden que rechaza la apelación de Gibraltar por "claramente infundada" y condena al Gobierno del Peñón a pagar las costas del procedimiento.

En su escrito, la Corte explica que no es posible modificar solo una parte del LIC 'Estrecho Oriental' sin alterarlo en su totalidad, por lo que la anulación parcial perseguida por Gibraltar "no es posible".

Así las cosas, las tres millas náuticas que Gibraltar y Reino Unido reclaman como mar territorial, pero que España no les reconoce, forman parte hoy por hoy de dos hábitat marítimos merecedores de protección medioambiental que la Comisión Europea reconoce tanto a España como a Reino Unido, aunque bajo nombres distintos.

La preservación de la flora y fauna marinas es precisamente el motivo que Gibraltar esgrime para querer imponer a los pescadores españoles la prohibición de pescar con redes en las aguas que rodean el Peñón. La flota gaditana, apoyada por el Gobierno español, rechaza someterse a las reglas gibraltareñas en unas aguas que considera españolas.

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