La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Jaén ha condenado a 17 años y medio de prisión a María del Mar G.Z., la mujer de 40 años de edad que asesinó a su bebé justo después de alumbrarlo en su domicilio de la capital jiennense en mayo de 2011, tal y como refleja el fallo, al que ha tenido acceso Europa Press, y que es resultado del veredicto de culpabilidad del jurado popular que se ha encargado de enjuiciar el caso.
Así, la sentencia detalla como hechos probados que la acusada ocultó a toda su familia su estado no habiendo tenido ningún tipo de seguimiento médico del embarazo. La procesada "intentó que en su casa nadie se diera cuenta del nacimiento del bebé, para lo cuál procuró no hacer ruido y cuando notó que el alumbramiento era inminente, mandó a su hija menor que saliera a la calle a comprar, con la finalidad de no ser descubierta", toda vez que en el domicilio solo estaba la misma y su hijo mayor, que se encontraba durmiendo.
De esta manera, el fallo recoge como probado que cuando se produjo la expulsión del niño, un bebé perfectamente formado y a término que llegó a respirar, lo golpeó a los pocos minutos de nacer varias veces en la cabeza, causándole varias lesiones en centros nerviosos vitales, siendo el traumatismo craneoencefálico la causa fundamental de la muerte del hijo de la ahora condenada.
Tras ello, y para evitar que alguien pudiera descubrirla o asistieran al bebé, lo lió junto con la placenta en las sábanas de la cama donde había dado a luz, junto con la ropa interior y pantalón que llevaba puesto cuando comenzó el parto, y lo escondió todo en el armario de su dormitorio, en concreto, en la parte superior del mueble, tal y como manifiesta el fallo de la Audiencia.
Desde el momento en que nació el niño, sobre las 10,45 horas, hasta que el cuerpo fue encontrado, entre las 21,30 horas y las 22,00 horas, la acusada negó todos los hechos impidiendo con ello que alguien pudiera asistir o socorren al bebé.
NACIÓ "CON VIDA"
Además, en el fallo se recuerda que las pruebas de los forenses evidencian que se trataba de un bebé a término, bien formado y que llegó a respirar independientemente como se acreditaba con la expansión de los alvéolos pulmonares. Además, las pruebas fueron corroboradas por los testimonios de referencia practicados, en donde tanto la hermana de la acusada como la hija de ésta declararon que la hija menor de la acusada les había dicho que "había oído llorar al bebé".
En cuanto a la causa de la muerte del menor, especifica que la causa vino determinada por fuertes traumatismos en la cabeza producidos al bebé, traumatismos que por su intensidad y ubicación no podían provenir de causas naturales generadas en el alumbramiento, descartándose asimismo que el menor muriera por haberse anudado al cuello el cordón umbilical o por la falta de la oportuna asistencia en sus primeros instantes de vida.
Por todo ello, la Sección Tercera de la Audiencia de Jaén ha condenado a 17 años y seis meses de prisión a María del Mar G.Z. por un delito de asesinato con alevosía con la agravante de parentesco.