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El Pleno debatirá el viernes la aprobación definitiva del Plan Estratégico de Servicios Sociales

Se ha dictaminado a favor de la aprobación definitiva del Reglamento de las Viviendas de Emergencia Social

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  • La comisión celebrada esta mañana

La Comisión de Pleno de Servicios a la Ciudadanía, celebrada esta mañana y presidida por la cuarta teniente de alcalde, Felisa Rosado, ha dictaminado favorablemente la aprobación definitiva del Plan Estratégico de Servicios Sociales, Igualdad de oportunidades e inclusión 2012-2015 así como la aprobación definitiva del Reglamento de acceso y uso de las viviendas de emergencia social del Ayuntamiento.

También ha dictaminado a favor de una propuesta para que el Ayuntamiento inste a la Junta de Andalucía a que no disminuya la subvención anual para el mantenimiento del Centro de Información a la Mujer de Jerez de la Frontera. Igualmente se ha aprobado la adhesión al Manifiesto contra la Violencia hacia las mujeres.

En cuanto al Plan Estratégico de Servicios Sociales, se trata de un documento que se adelanta a la realidad social a través de los programas que se vienen desarrollando, aportando nuevas medidas, todo ello dentro de una unidad que de mayor cohesión y coherencia a la actuación, buscando y aprovechando las sinergias entre todos los servicios municipales (Servicios Sociales, Igualdad y Salud, Vivienda y Urbanismo, Formación y Empleo, Participación, Educación, Movilidad y Seguridad, Medioambiente, etc.) de cara a ofrecer una atención más integral a las necesidades sociales de la ciudadanía, y en especial a aquellas situaciones más vulnerables.
El Plan Estratégico fue aprobado por la Junta de Gobierno Local celebrada el 15 de junio y ratificado inicialmente por unanimidad en Pleno el 29 de junio. Tras ser publicado en el Boletín Oficial de la Provincia, ha estado en exposición pública durante 30 días, pasados los cuales se han recibido 16 alegaciones, 3 por parte de la Asociación de Familias Numerosas de Cádiz, ASFANUCA; 9 por parte de Izquierda Unida y 4 por parte del Consejo Local de Bienestar Social.
La delegada de Bienestar Social, Isabel Paredes, recuerda en este sentido que “con el fin de propiciar la participación de la iniciativa social en todo el proceso, con carácter previo a la aprobación inicial del texto, el Borrador de este Plan fue puesto en conocimiento de los diferentes órganos de participación afectados por la materia así como de aquellas entidades colaboradoras en otros foros y espacios formales de coordinación institucional a nivel social con el Ayuntamiento, habiéndose incorporado en lo posible las propuestas y sugerencias recibidas”.

De las 16 alegaciones recogidas, 10 se han estimado en su totalidad pasando a incorporarse al texto del Plan; 1 se ha estimado parcialmente y 5 se han desestimado. De las alegaciones estimadas, 5 pertenecen a Izquierda Unida, 3 a ASFANUCA y 2 del Consejo Local de Bienestar Social.

Reglamento de las Viviendas de Emergencia Social

Por otro lado, la Comisión de Pleno de Servicios a la Ciudadanía ha dictaminado favorablemente la aprobación inicial del Reglamento de Acceso y uso de las viviendas de emergencia social del Ayuntamiento.

La delegada de Bienestar Social aclara que “este Ayuntamiento consciente de la  presencia en nuestro municipio de familias que ante situaciones de conflicto en su entorno de convivencia u otras problemáticas específicas carecen de alojamiento y  de medios personales y familiares para disponer de vivienda propia, pone a disposición una serie de  viviendas de emergencia social como parte del dispositivo público municipal de alojamiento alternativo, que deben ser destinadas a alojamiento temporal  de unidades familiares en situación de grave dificultad social y/o riesgo de exclusión social, y  de las que, los Servicios Sociales Municipales, son fundamentalmente conocedores y con las que se interviene en aras a mejorar sus oportunidades de inclusión social”.

Paredes incide en que “en virtud de ello, y al constituir las viviendas de emergencia social un recurso social municipal de alojamiento alternativo y temporal, cuya necesidad se constata en el ámbito de de los Servicios Sociales Municipales, procede regular desde este marco, el  procedimiento de adjudicación y utilización, al objeto de garantizar el acceso a las mismas por las unidades familiares más necesitadas, favoreciendo procesos de inclusión social, así como promover su máxima rentabilidad social, dotándolas de un carácter temporal que permita su rotación”. 

A este Reglamento que fue aprobado inicialmente en Pleno el 25 de mayo de 2012, se han presentado 6 alegaciones por parte de FACUA, de las que 2 han sido estimadas en su totalidad; 1 de forma parcial y 3 desestimadas.

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