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Sevilla

El fiscal ve "probado" que Ortega Cano iba ebrio y condujo temerariamente antes del accidente

Alegatos finales

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El fiscal de Seguridad Vial, Luis Carlos Rodríguez León, ha considerado este martes que ha quedado "suficientemente probado" que el extorero José Ortega Cano iba ebrio y circuló de forma temeraria antes del accidente que le costó la vida a un vecino de Castilblanco de los Arroyos identificado como Carlos Parra, por lo que ha elevado a definitiva su petición de cuatro años de cárcel para el acusado por un delito de homicidio imprudente en concurso con dos delitos contra la seguridad vial.

   En este sentido, el representante del Ministerio Público ha finalizado su informe final señalando que el juicio que se ha celebrado durante cinco sesiones en el Juzgado de lo Penal número 6 de Sevilla "no era necesario", pues "bastaría" con que el acusado "reconociera que se ha equivocado, que cometió un error y pida perdón de verdad a la familia, no en la prensa", tras lo que "se va a cumplir la pena con dignidad y no con pitos".

   Al comienzo de su informe final, que se ha extendido por espacio de 45 minutos, el fiscal se ha referido a la nulidad planteada por la defensa respecto a la prueba de alcohol en la que el acusado dio una tasa de 1,26 gramos de alcohol por litro en sangre, señalando que "no hay razón" para anular dicha prueba, pues entiende que ni se ha vulnerado el derecho a la intimidad por haberse hecho la prueba sin el consentimiento del imputado ni tampoco "cuestiones procesales" por "falta de motivación".

   Respecto al derecho a la intimidad, ha indicado que, efectivamente, en este caso no hubo consentimiento por parte del acusado debido al estado en el que se encontraba tras el accidente mortal ocurrido el día 28 de mayo de 2011, pero ello "se salvó" con la orden dada por el juez instructor.

   El fiscal ha analizado, tras ello, el delito contra la seguridad vial por conducir bajo los efectos del alcohol, el cual ha quedado probado a través de las testificales practicadas en el juicio por "quienes dicen haberlo visto en estado ebrio", en especial con los dos camareros del Hotel La Alquería de Burguillos que aseguraron que iba "tambaleándose" y que se pidió un Ballantine con coca-cola en copa de balón, cuyo testimonio "fue claro y contundente".

"NO ME HACE FALTA NINGUNA PRUEBA DE ALCOHOL"

   También se ha referido al careo entre el propietario de este establecimiento --que dijo que Ortega Cano no iba bebido-- y una testigo que aseguró que, al día siguiente del siniestro, el primero le comentó a ella y a su marido que el día antes había visto al extorero "con una cogorza como un mulo". "Todo el mundo lo ha visto --en referencia al careo-- y sabe quién dijo la verdad y quién quedó como quedó", ha puesto de manifiesto.

   Tras aseverar que "la historia es coherente desde el principio hasta el final", el fiscal ha dicho que la conducta del acusado "no era normal y estaba afectada" por el consumo de alcohol, "salvo que sea un temerario o un loco", lo que ha descartado. "No es normal la circulación en sentido contrario; no es normal adelantar en una curva con doble línea continua, no es normal pararse antes del hotel, abrir la puerta y sacar medio cuerpo fuera", ya que tiene "toda la pinta de estar vomitando".

   A su juicio, la conducción fue "temeraria", lo que se puede deber "a que es un mal conductor o a que estaba bajo los efectos del alcohol", punto en el que ha indicado que con todas estas pruebas "no me hace falta ninguna prueba de alcohol", prueba en la que dio una tasa de 1,26, lo que constituye "un dato objetivo; esa sangre tenía ese nivel de alcohol y nadie ha podido demostrar lo contrario".

EL OLOR A ALCOHOL "NO ES NECESARIO"

   Al hilo de ello, el fiscal se ha referido a lo declarado por algunos testigos que aseguraron que el acusado no olía a alcohol, y ha dicho que ello "no es necesario" para demostrar que iba bebido, añadiendo que en el momento del accidente "lo prioritario era salvarle la vida".

   En este punto, ha criticado el hecho de que la defensa del extorero se haya opuesto a que declaren el enfermero que le extrajo sangre y el celador que llevó dicha muestra a la Unidad de Hematología, lo cual "es alucinante", porque "son los únicos interesados" en demostrar que la prueba pudo ser manipulada. "Se le desinfectó sin alcohol, pero eso no le interesa escucharlo y por eso han impedido la práctica de la prueba, porque se quedarían sin argumentos para su defensa", ha apostillado.

   Así, se ha preguntado "si habrían impugnado la prueba si hubiera dado menos de 0,60 o nada", afirmando estar "completamente convencido de que no", ya que "es una prueba que le puede sentar en el banquillo por ese delito".

"MIEDO"

   Respecto a la conducción temeraria, ha indicado que para que se de por probado la misma hacen falta dos requisitos, como son "conducir a una velocidad superior a la permitida o con una tasa superior a 0,60", lo que a su juicio "se da", y "poner en peligro la vida de los demás".

   Sobre este particular, ha recordado que una testigo declaró que la conducción del imputado le provocó "miedo", ya que adelantó el vehículo en el que viajaba junto a su novio en un paso de peatones sobreelevado después de "ir acosándole por detrás", lo que constituye "una conducta de riesgo de carácter objetivo", pues el acusado "está generando un peligro".

   Los testigos llamaron al 112 "porque vieron una situación de riesgo, que tiene nombres y apellidos, Carlos Parra", lo que "está suficientemente acreditado" además por las pruebas periciales que se han practicado en la vista oral.

   De su lado, la acusación particular ha elevado a definitiva su petición para el acusado de cuatro años de cárcel y han "brindado" al acusado la oportunidad "de que reconozca los hechos tal y como ocurrieron, lo que le permitiría ser libre toda su vida".
 

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