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Huelva

Condenan al Estado a pagar 227.500 euros por el rescate de una concesión para ocupar dominio público

A unos vecinos de La Antilla por unos 704 metros cuadrados de dominio público marítimo-terrestre en la en la playa de La Antilla

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La Audiencia Nacional ha fijado en 227.500 euros la indemnización a pagar por el Estado a unos vecinos de La Antilla por el rescate de la concesión que se le otorgó para la ocupación y aprovechamiento de unos terrenos de dominio público marítimo-terrestre en dicha playa.

En la sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, la AN estima el recurso interpuesto por los perjudicados contra la Orden Ministerial de fecha 20 de junio de 2011, dictada por el Director General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar, que fijaba el gasto del rescate en 176.151 euros.

La concesión objeto de rescate fue otorgada por 60 años en ejecución de sentencia firme de la Audiencia Nacional, mediante Orden Ministerial de 28 de febrero de 2003 a estas dos personas para la ocupación y el aprovechamiento de unos 704 metros cuadrados de dominio público marítimo-terrestre en la en la playa de La Antilla.

Se indicaba que la superficie de terreno objeto de concesión se correspondía con una finca en la que no existía nada construido en dicha fecha, y les reconocía el derecho a construir sobre la parcela una vivienda ajustada a las determinaciones de la licencia urbanística concedida por la Comisión Provincial de Urbanismo de Huelva.

Posteriormente, se ordenaba al Servicio Provincial de Costas que iniciara expediente administrativo para la valoración y rescate de la concesión que se otorgaba, algo que fue declarado de utilidad pública en 2008 fijando finalmente en 2011 por la Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar la indemnización, asumiendo la valoración realizada por Tragsatec, en 176.151,41 euros.

Explica la Audiencia que el rescate de la concesión, como compensación de la privación del derecho de propiedad de los bienes incorporados al dominio público en aplicación de la Ley de Costas, exige la correspondiente indemnización al titular del derecho concesional, pues supone una privación coactiva de derechos patrimoniales o de contenido económico.

Rechaza la valoración realizada por Tragsatec por no tomar los índices "correctos" y se apoya en la realizada por un perito designado judicialmente a instancias de la parte demandante para fijarla en 227.500 euros.

Para ello tiene en cuenta el inicio de la concensión en 2003, año en que se dicta la Orden Ministerial y aplica una reducción por amortización parcial por los años transcurridos entre la fecha de otorgamiento de la concesión y el inicio del expediente de rescate, al entender que los demandantes disfrutaron de los terrenos.

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