El tiempo en: Sanlúcar

Córdoba

La Audiencia desestima el recurso de súplica de Bretón

Este recurso se presentó \"para que el amparo no perdiera su finalidad, según la Ley Orgánica del Tribunal del Jurado (LOTJ)\", aseguraron a Europa Press desde el despacho de la abogada Bárbara Royo

Publicidad Ai
Publicidad AiPublicidad Ai Publicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad AiPublicidad Ai Publicidad Ai
Publicidad Ai

La Audiencia Provincial de Huelva ha desestimado el recurso de súplica presentado por la defensa de José Bretón, contra el auto de ejecución de su sentencia con la pena de 40 años de prisión, dictado por la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Córdoba, un recurso que fue impugnado por la Fiscalía y por la acusación particular ejercida por Ruth Ortiz, la madre de Ruth y José

   Según han confirmado a Europa Press fuentes jurídicas, la Audiencia ha desestimado este recurso. Por su parte, la defensa interpuso el mismo "hasta que se pronuncie sobre la suspensión el Tribunal Constitucional (TC)", órgano judicial al que prevé recurrir la defensa en el mes de octubre, tras la sentencia del Supremo, que desestimó su recurso de casación. Respecto al TC, se fundamentará en la "vulneración de derechos fundamentales" que supuestamente se ha producido contra Bretón.

   En concreto, este recurso se presentó "para que el amparo no perdiera su finalidad, según la Ley Orgánica del Tribunal del Jurado (LOTJ)", aseguraron a Europa Press desde el despacho de la abogada Bárbara Royo.

   Por su parte la Fiscalía lo impugnó al defender que se ejecute el dictamen judicial en este caso, que el Tribunal Supremo (TS) confirmó el pasado mes de julio, y la acusación consideró que la petición que contiene es "ilegal", dado que Bretón "está cumpliendo condena y este tipo de solicitud se pide cuando el condenado no está en prisión", señaló la letrada, Reposo Carrero, al tiempo que subrayó que "el resto de la ejecutoria por Ministerio de la Ley exige su cumplimiento, así como la entrada en prisión, que en este caso ya está ejecutado y sólo se prorroga la situación de prisión", con lo cual entiende que "el recurso no puede prosperar, pero sí se hace daño".

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN