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Chiclana

El Defensor del Pueblo da la razón a Marín en el caso 'emails'

El ex-alcalde de Chiclana denunció que el actual alcalde estuvo recibiendo durante meses correos electrónicos dirigidos hacia él.

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  • Núñez y Marín. -

El ex alcalde y ahora diputado provincial y concejal del Partido Popular, Ernesto Marín, ha comparecido hoy en rueda de prensa junto al portavoz y presidente del PP de Chiclana, Andrés Núñez, para “hablar de una manera casi definitiva de un asunto que empezó el 23 noviembre de 2015, el caso emails, tras detectar que los correos electrónicos que se mandaban a mi persona desde la web municipal llegaron directamente a José María Román durante unos meses”.

Ahora, una vez que Marín decidió pedir amparo al Defensor del Pueblo Andaluz en febrero de 2016 tras reclamar la correspondencia recibida y no obtenerla, dicha institución ha emitido su veredicto, “que si bien no tiene trascendencia penal ni sancionadora, sí es una pena política emitida por una institución independiente”, resalta Marín.

Así, el Defensor del Pueblo Andaluz “deja por investigado y comprobado que efectivamente Román estaba recibiendo emails dirigidos a mí, y que se quedó callado, en una actitud calificad como negligente”. Así, la resolución emitida insta “a llevar estos asuntos con mayor diligencia y transparencia e indica que lo hecho es técnicamente muy reprobable”.


En este sentido, Marín destaca que “los culpables no han sido los técnicos municipales, como ha intentado hacer ver José María Román, porque eso me ocurre a mí y en el primer correo electrónico que recibido dirigido a otra persona soluciono el asunto. A mí, siendo alcalde se me hubiera caído la cara de vergüenza por el hecho en sí, pero más si cabe si además un Defensor del Pueblo me tiene que recordar el deber de cumplir los preceptos constitucionales y legales, como ha hecho con Román. Yo me hubiera ido, porque no hay nada más grave que saltarse la Constitución, y al actual alcalde de Chiclana se lo ha tenido que recordar el Defensor del Pueblo, algo que refleja la manera de actuar de José María Román, cuestión que no es nueva”.

Ernesto Marín apunta que “quiero dar el tema por cerrado, porque voy a creer que dichos emails se destruyeron y espero que durante ese tiempo Román no recibiera documentación confidencial dirigida a mi persona, porque ahí está la duda de si dispone información y qué ha hecho con ella”.

Además, en el documento emitido por el Defensor, se recomienda “tomar medidas en lo sucesivo para que esto no vuelva a suceder”. En este sentido, Marín sentencia que “aquí ha habido un caso emails, no es algo que me haya inventado, porque se ha suplantado la personalidad durante un tiempo y se ha visto correspondencia personal de forma ilícita”.

No obstante, aunque el Defensor del Pueblo indica que puede abrirse la vía penal, Ernesto Marín ha descartado acudir a la vía judicial, “porque no quiero judicializar el asunto y me basta con que una institución independiente me haya dado la razón en su resolución y haya demostrado cómo actúa José María Román”. 

Por su parte, Andrés Núñez manifiesta que “la resolución dice algo muy claro, pues habla de la actitud negligente del Gobierno municipal”. Así, afirma que “actualmente los ciudadanos tienen desapego a la política, porque hay una falta de creencia en la política y un rechazo absoluto motivados por asuntos como éste, porque el Gobierno municipal ha actuado de manera negligente y de una forma contraria a lo que se espera”.

Asimismo, Núñez lamenta que “lo que provoca este tema es que la ciudadanía se aleje de sus políticos. Por eso desde el Partido Popular apostamos por otra forma de hacer política, donde los problemas y las necesidades de los ciudadanos sean lo primero”.

Finalmente, expone que “en este asunto se ha eliminado a los ciudadanos su capacidad de comunicarse libremente con sus representantes, porque se ha coartado su derecho a dirigirse y comunicarse con el que fue su alcalde”. Por tal motivo, resalta que “desde el PP condenamos este tipo de comportamiento, porque supone un desprecio absoluto hacia los ciudadanos, más allá del negligente comportamiento y de que incluso se haya podido infringir algún concepto penal al leer correspondencia dirigida a otra persona”.

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