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Sanidad La Línea alerta del perjuicio de fumar cachimba

De cara a poner en práctica políticas eficaces para reducir el consumo de tabaco, la delegación trabaja en una ordenanza municipal sobre tabaquismo

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  • Cartel día Mundial Sin Tabaco.-A.I

El 31 de mayo se conmemora el Día Mundial sin Tabaco. Con tal motivo, la delegación de Sanidad informa de que el lema de la Organización Mundial de la Salud es en esta ocasión: “El tabaco es una amenaza para todo.” Por parte municipal se hace especial hincapié en el inicio del consumo de menores con las denominadas cachimbas, con el fin de poner de relieve los riesgos para la salud asociados con el tabaquismo.

El uso de las cachimbas ha proliferado, especialmente en la población joven debido a su aparente inocuidad y desconocimiento, con la atracción de sus sabores frutales, dulces y suaves.

La concejal de Sanidad, Rosa Pérez, quiere hacer llegar a los padres lo perjudicial que puede llegar a ser para los menores de edad el uso de cachimbas, a pesar de su aparente inocuidad. Una sesión de cachimba de una hora equivale al consumo de dos paquetes de tabaco. Para su combustión se emplea carbón u otras sustancias, las cuales emiten compuestos tóxicos que pueden causar cáncer. Además, el tabaco contiene ya de por sí sustancias cancerígenas, alquitrán, etc., que, al no ser solubles en el agua, pasan directamente al conducto respiratorio.


Está demostrado el efecto de fumar en cachimba sobre el cáncer de pulmón, enfermedades cardiovasculares y la enfermedad pulmonar obstructiva crónica. Existen riesgos de transmisión de infecciones respiratorias y hepatitis debido a que se comparten las boquillas y la manguera. Estas deberían esterilizarse después de cada sesión, algo que no siempre se hace.

La Delegación de Sanidad emitirá información sobre las cachimbas mediante trípticos a todos los colegios de la ciudad y la población interesada. Asimismo, recuerda que según la legislación vigente, es una infracción grave “vender o entregar a personas menores de dieciocho años productos del tabaco que le invite e induzca a fumar”, y que la venta de productos que contenga tabaco solo podrá realizarse a través de la red de expendedurías de tabaco y timbre o máquinas expendedoras ubicadas en establecimientos autorizados. 

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