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Los menores infractores podrán regirse a medidas judiciales en abierto

El Ayuntamiento de Sanlúcar y la Junta de Andalucía han firmado un convenio

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  • Víctor Mora y Juan Luis Belizón firman el acuerdo -

El delegado del Gobierno de la Junta de Andalucía en Cádiz, Juan Luis Belizón, ha firmado con el alcalde de Sanlúcar, Víctor Mora, la prórroga del convenio para facilitar el cumplimiento por parte de menores infractores de medidas judiciales en abierto en la localidad. Este acuerdo tendrá una vigencia de cuatro años y renueva la colaboración que desde 2009 ya existe entre la Junta de Andalucía y el consistorio para que los jóvenes que cumplan las medidas judiciales que les imponen los jueces de menores puedan hacerlo en actividades propias del ayuntamiento (deportes, bibliotecas, medio ambiente, servicios sociales, Policía Local, etc.).

En concreto, estas medidas judiciales en cuya ejecución colaborará el ayuntamiento, y que tienen como principal objetivo resocializar a estos jóvenes que habían cometido algún delito o falta, son las Prestaciones en Beneficio de la Comunidad (PBC), las Tareas Socioeducativas (TSE) y las Actividades  Reparadoras en favor de la sociedad (RS) derivadas de un proceso de conciliación y mediación, así como el seguimiento, por parte de los agentes de la Policía Local u otro personal funcionario que desempeñe estas funciones de la Permanencia de Fin de Semana (PFS) en el domicilio familiar; y de otra, la cooperación o colaboración para actuar en el entorno familiar de aquellos menores en situación de conflicto con la sociedad que hayan de cumplir las referidas medidas.

El delegado del Gobierno ha puesto hoy de relieve que “con estos acuerdos se contribuye a la labor educativa del joven en su mismo entorno”, y ha añadido que este conjunto de medidas de carácter socioeducativo contempladas en la Ley “tienen por finalidad que el menor comprenda que la comunidad o determinadas personas han sufrido de forma injustificada unas consecuencias negativas derivadas de su conducta”. “Se trata de que el joven asuma que actuó de modo incorrecto, que merece el reproche formal de la sociedad y que las medidas judiciales que se le exigen constituyen un acto de reparación justo”, ha afirmado.

Belizón también ha expresado tras la firma del convenio su satisfacción por “el trabajo que hace la Junta en materia de Justicia Juvenil, porque ha contribuido a que el nivel de reinserción de los menores infractores que finalizaron la ejecución de alguna medida se haya incrementado en los últimos años, con una tasa del 80 por ciento de jóvenes que no vuelve a reincidir”.

El delegado del Gobierno, que ha recordado que en lo que va de año en Sanlúcar se han aplicado 21 de estas medidas (cinco de prestaciones en beneficio de la comunidad, siete de libertad vigilada y nueve de tareas socioeducativas), también ha destacado la colaboración de los agentes de la Policía Local de estas localidades al facilitar y garantizar el cumplimiento de estos convenios.

Las medidas de reeducación de menores infractores en medio abierto son desarrolladas por la Junta en Cádiz a través del medio centenar de convenios que tiene firmados para tal fin, el 74% con ayuntamientos y el 26% con entidades privadas de la provincia.

Los convenios con ayuntamientos y entidades no comportan ninguna contraprestación económica y tienen como finalidad la colaboración institucional para la educación y reinserción social de los menores infractores, mediante una intervención en su entorno que con-tribuya a la prevención de conductas de riesgo.

En ningún caso se plantea con esta medida la realización de tareas remuneradas ni la ocupación de un puesto de trabajo ya que siempre debe compatibilizarse con tareas formativas del menor.

El perfil tipo de los infractores que se acogen a esta medida res-ponde a un varón, de entre 15 y 17 años, con problemas familiares y fracaso escolar. Los delitos que suelen cometer son robos con fuerza, peleas callejeras y destrozos de mobiliario urbano, entre otros.

La prestación del servicio en beneficio de la comunidad es una de las medidas judiciales de las denominadas de medio abierto que pueden imponer los jueces de menores a los jóvenes infractores, de acuerdo con el catálogo establecido en la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la Responsabilidad Penal de los Menores.

MÁXIMO DE 200 HORAS

Esta decisión judicial se traduce en acciones relacionadas con el interés social o el beneficio de personas en situación de vulnerabilidad y acorde con la naturaleza del hecho cometido. El juez puede condenar a los menores hasta un máximo de doscientas horas, aunque la media ronda las cincuenta. Retirar grafitis, ayudar en centros de salud, recoger basura del botellón, acompañar a personas mayores, seguridad vial o limpieza de parques, son algunas de las tareas impuestas.

El desarrollo de la medida judicial queda plasmado en la elaboración de un proyecto individualizado de ejecución de medida en el que se concretarán las actividades a realizar en función de las características del menor, el hecho cometido y la red de apoyo externo que le permita superar los obstáculos presentados. Estos proyectos han de ser aprobados por el juez de menores para su inicio y ejecución.

El objetivo principal de las medidas comunitarias impuestas es que el menor sea consciente de que la comunidad, o determinadas personas, han sufrido de forma injustificada unas consecuencias negativas de su conducta, que ésta es reprobable y la prestación que se les exige es un acto de reparación justo. 

Dado que se posibilita que los jóvenes puedan realizar estas tareas en el propio entorno territorial y social donde comparte valores, gustos, tendencias y vínculos afectivos reparando el daño causado, la medida tiene efectos beneficiosos tanto para ellos como para los municipios en los que se llevan a cabo.

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