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Almería

A juicio el monitor de campamento de Ronda condenado por embaucar a 11 menores

Entre 2014 y 2016 para que le mandaran fotografías íntimas, se enfrenta este martes a un nuevo juicio en la Audiencia Provincial de Almería

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  • juzgados de almería. -

A.J.G.C., el hombre que fue condenado por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) a 25 años y seis meses de prisión por embaucar a varios menores con los que se relacionó en un campamento de verano de Ronda (Málaga) entre 2014 y 2016 para que le mandaran fotografías íntimas, se enfrenta este martes a un nuevo juicio en la Audiencia Provincial de Almería.

Fuentes judiciales han confirmado a Europa Press la celebración de la vista, prevista para el pasado mes de febrero pero que finalmente fue aplazada tras haber sido pospuesta ya el pasado año a causa de las restricciones derivadas de la covid-19.

La Fiscalía solicita para el acusado otros seis años de prisión por un presunto delito de elaboración de material pornográfico infantil a menores de 16 años después de que supuestamente consiguiera que uno de los muchachos con los que había coincidido en el campamento entre 2014 y 2015 le remitiera una fotografía en la que le mostraba su zona púbica.


En su escrito, el fiscal sostiene que el acusado generó "lazos afectivos" con los menores al ser uno de los responsables de las cabañas durante el verano, de forma que una vez que se ganó su confianza, les pidió sus datos de contacto para chatear con ellos en redes sociales durante los meses en los que no se vieran personalmente.

Fue así como bajo un ánimo "exclusivamente libidinoso" habría tratado de obtener imágenes y vídeos "en los que apareciesen menores de edad desnudos", para lo que iniciaba con ellos conversaciones de temática sexual, según la investigación. En los registros en su vivienda de San Fernando (Cádiz) se hallaron varios dispositivos electrónicos donde almacenaba material.

La nueva vista llega después de que el hombre haya sido condenado por el TSJA como autor de seis delitos de embaucamiento, ocho de difusión pornográfica a menores de edad, tres delitos de elaboración de material pornográfico infantil agravados y un delito de exhibicionismo, por los que se fijó como máximo 15 años de cumplimiento de prisión conforme al ordenamiento penal vigente.

La sentencia del Alto Tribunal andaluz, que confirma el fallo original y rechaza la apelación del recurrente, dio por probado que durante el verano de 2016 el acusado tenía a su cargo a cerca de medio centenar de menores, con edades comprendidas entre los 10 y 17 años, en un campamento de Ronda donde ejercía de monitor de cabañas --responsable de dormitorios-- aunque con anterioridad también había realizado labores de enfermería.

Una vez acabado el verano de 2016, se comunicó "con fines exclusivamente libidinosos" con al menos con 11 varones menores de edad. Además de la pena privativa de libertad, la Fiscalía también pide en esta ocasión ocho años de incomunicación y alejamiento de 500 metros con la víctima, diez años de libertad vigilada y otros cinco de inhabilitación para trabajar con menores.

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