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La Tribuna de Nertis

La mediación

Pedro Salinero, abogado de Nertis, nos habla de la mediación como fórmula de resolución de conflictos antes de llegar a los tribunales

  • Los miembros del despacho de abogados Nertis Legal. -

Como bien es sabido, la mediación es un mecanismo de resolución de conflictos extrajudicial, el cual se encuentra al alcance de todos los ciudadanos y destaca, entre otras características, por la confidencialidad, voluntariedad de las partes y el protagonismo de estas en el acuerdo, pues son ellas mismas las que lo alcanzan.


Actualmente me encuentro inmerso en un curso para poder convertirme en mediador, acontecimiento que considero bastante relevante debido al irrisorio conocimiento del que disponía de este método, disciplina que me ha hecho darme cuenta de ello y permitido acercarme mucho más.


El mediador es un profesional que únicamente facilita el diálogo y propicia el mejor ambiente posible para que estas mismas encuentren una posible solución, siendo siempre objetivo, neutral e imparcial. De este modo, la gran diferencia con un árbitro o un juez, es que los mediadores nunca pueden imponer ni tomar decisiones, pudiendo las partes dejar el procedimiento en cualquier momento si consideran que, por cualquier circunstancia, este girase en contra de sus intereses.


Pues bien, la mediación, aunque no siempre sea la mejor respuesta y se encuentra limitada en muchos asuntos, como pueden ser todos los penales, ha de considerarse como la primera posibilidad a acudir antes de la vía judicial, dado que además del menor coste que supone, proporciona asimismo un ambiente de crispación inferior.


Los abogados tenemos un papel muy importante en la fase previa a la mediación como consecuencia a que en muchos asuntos serán los propios clientes quienes vengan a nosotros para que analicemos si es conveniente o no acudir a esta vía y, en otros, incluso asistiremos, siendo parte y participando junto con ellos.


En el mundo de la abogacía muchos juristas se oponen y no ven con buenos ojos esta herramienta, pero bajo mi punto de vista, lo considero como un apoyo, un recurso y una solución complementaria al proceso judicial, teniendo que acudir a los tribunales finalmente si las partes no fueran capaces de llegar a un acuerdo.Así, aunque las partes no llegasen a formalizar ni a acordar nada, ello no quiere decir que el procedimiento de la mediación hubiese fracasado necesariamente, ya que permite el acercamiento y que los hechos queden concretados, preparando el terreno para la vía judicial posterior.


Además de todo ello, es necesario que nos enteremos y estemos al tanto de esta alternativa de resolución de conflictos, puesto que existe un anteproyecto de ley, el cual ya ha sido admitido por el Consejo de Ministros y se prevé que se aprobará a comienzos del próximo año, donde se pretende que sea obligatorio pasar por la mediación antes de ir a juicio en ciertos asuntos como medida para desatascar los tribunales.

 

www.nertis.legal

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