Según el fallo, la llevaba a un dormitorio, donde la desnudaba y tumbaba en la cama para "satisfacer sus deseos sexuales"
La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Almería ha impuesto penas que suman nueve años y medio de prisión a un hombre que abusó en varias ocasiones de la hija de 8 años de su pareja, a la que también tomó fotografías de carácter pedófilo.
La sentencia, consultada por EFE, señala que el acusado convivía con su pareja en un domicilio de El Ejido (Almería) y que en tres ocasiones, la última de ellas el 14 de marzo de 2021, aprovechó que se quedó a solas con las hijas de 8 y 5 años de la mujer, ya fuese porque ésta había salido o se encontraba en el garaje, para abusar de la mayor de las niñas.
Según el fallo, la llevaba a un dormitorio, donde la desnudaba y tumbaba en la cama para "satisfacer sus deseos sexuales" con "ánimo libidinoso" con distintos tocamientos.
Asimismo, el hombre aprovechó otras ocasiones en las que la víctima dormía para "obtener escenas pornográficas", ya que fotografiaba los genitales de la menor para almacenarlas después en un disco duro de su ordenador, junto con "multitud de material audiovisual pornográfico, con fotografías de mujeres desnudas mostrando sus partes íntimas".
La sentencia incide en que esto ha provocado "miedo, confusión, malestar, sensibilidad emocional, preocupación por los hechos ocurridos, sentimientos de pudor y rechazo a los hechos, así como pensamientos invasivos sobre la violencia sexual que le provoca un malestar significativo", en la víctima.
No obstante, añade que de forma previa al juicio el acusado ingresó 14.000 euros en la cuenta judicial para la "reparación del daño" y que éste ha "colaborado con la Policía facilitando las claves y contraseñas y confesando la infracción".
Por estos hechos ha sido condenado a cinco años y medio de cárcel por un delito de abuso sexual a menor de 16 años, por el que también se le impone una orden de alejamiento de 300 metros durante seis años y medio, la medida de libertad vigilada durante diez años y la inhabilitación especial para el desempeño de cualquier profesión u oficio que conlleve "contacto regular y directo con menores de edad" durante diez años y medio.
También le han sido impuestos cuatro años de prisión, una orden de alejamiento de 300 metros durante cinco años, la medida de libertad vigilada durante 9 años, y otra prohibición idéntica a la anterior para trabajar con menores durante nueve años, por un delito de elaboración de material pornográfico.
Los magistrados han tenido en cuenta a la hora de dictar las penas las atenuantes de reparación del daño y confesión, y a su vez absuelven al hombre de un delito de revelación de secretos, además de imponerle el pago de una indemnización de 14.000 euros a la víctima.