La Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio realiza de forma periódica y frecuente inspecciones medioambientales para comprobar si las distintas instalaciones industriales y de depuración de aguas residuales cumplen los condicionantes recogidos en las autorizaciones de vertidos, así como los requisitos exigidos por la legislación comunitaria, estatal y andaluza.
En una nota, ha apuntado que los análisis realizados durante los últimos meses de las muestras procedentes de los puntos de vertido situados en los municipios de Cuevas del Almanzora y Vera "cumplen con los parámetros reglamentarios y no explican la proliferación de microalgas tóxicas detectadas en varias playas de estas localidades".
Las muestras recogidas corresponden a la depuradora de Vera, cuya agua es mayoritariamente reutilizada; a la de Cuevas del Almanzora, que vierte al río Almanzora, y a la depuradora de la empresa química 'Deretil' que, además de estar obligada a la realización de autocontroles, está sometida al plan de la Junta de inspección de vertidos al litoral. "El último análisis, efectuado el pasado 11 de junio, no detectó ninguna anomalía", han apostillado.
Este programa de controles contempla inspecciones rutinarias o programadas, y otras de carácter puntual previas al otorgamiento de una autorización o como consecuencia de una denuncia o incidente.
La periodicidad con la que se realizan estos controles se establece según el tipo de vertidos: urbanos o industriales. Para el primero de ellos se tendrá en cuenta el número de habitantes equivalentes, el grado de contaminación, las características del medio receptor o los incumplimientos detectados con anterioridad; mientras que para el segundo la regularidad de los controles dependerá del tipo de industria y del volumen de vertido, así como de la presencia o no de sustancias peligrosas, entre otros aspectos.
Esta iniciativa se desarrolla en el marco de la Ley de Aguas de Andalucía donde se establecen los planes de Inspecciones en vertidos, como fórmula idónea para prevenir los posibles impactos negativos y garantizar el cumplimiento de los condicionados ambientales, aplicables a las diferentes actuaciones con incidencia en el medio natural.
Según recoge esta normativa, la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio es la administración competente encargada de realizar los controles en función de la adecuación de las instalaciones de tratamiento de los vertidos, los incumplimientos detectados con anterioridad, así como de la población atendida o del volumen que vierte la industria.
También se tendrá en cuanta la peligrosidad del vertido industrial, la existencia en núcleos urbanos de un número importante de industrias o de fábricas altamente contaminantes por la toxicidad potencial de sus vertidos o por el volumen de los mismos o por la presencia de espacios naturales protegidos y de especies en peligro.