El tiempo en: Sanlúcar
Publicidad Ai
Publicidad Ai

La Tribuna de Nertis

Reforma en la venta de hidrocarburos

Clara Bautista Valverde, abogada de Nertis ETL Global, nos habla de la reforma en la venta de los hidrocarburos líquidos en España

Publicado: 16/04/2024 ·
11:38
· Actualizado: 16/04/2024 · 11:38
Publicidad Ai
Publicidad AiPublicidad Ai
  • Los integrantes del despacho de abogados Nertis. -
Autor

Nertis

La sociedad, la política o la justicia desde el punto de vista de los miembros del despacho Nertis Legal

La Tribuna de Nertis

Los distintos profesionales del despacho Nertis Legal analizan en cada artículo la realidad social

VISITAR BLOG

El sector profesional de la distribución de los hidrocarburos líquidos en España actualmente se encuentra en estado de shock. Nos referimos a las estaciones de servicio y centros de distribución de gasóleos a domicilio. Como en todo sector, más en éste, que es estratégico, hay una Ley especial que lo regula. En este caso, es la Ley 34/1998, de 7 de octubre, la que establece el marco jurídico de la distribución de los hidrocarburos líquidos. La causa del shock: su reforma a finales de año por el Real Decreto-ley 8/2023 (“Decreto Anticrisis”), que verdaderamente ha puesto “patas arriba” al sector.

Hasta el 28 de marzo de 2024, cualquier distribuidor al por menor (hablamos, por ejemplo, de estaciones de servicio, o de centros de distribución de gasóleos a domicilio) podía vender a otro distribuidor al por menor, asimilando estas ventas a las que son propias de los operadores petrolíferos, sin tener que cumplir con todos los rigurosos requisitos que a éstos les exige la legislación sectorial. No obstante, con la entrada en vigor del citado Real Decreto-ley 8/2023, quedan totalmente prohibidas este tipo de operaciones, imponiendo duras sanciones a quienes las realicen.

Y como suele pasar en este país nuestro, esa modificación legal -apenas dos renglones- no tiene desarrollo reglamentario, lo que ha llevado a los profesionales del sector, no sólo a una media de pérdidas de sus actividades comerciales de la tercera parte de sus ventas totales del año, sino también a una situación de indefinición que le trae una tremenda incertidumbre por no saber exactamente cual es su situación actual en el sector.

Los motivos de la modificación legal se encuentran en la erradicación del fraude en las ventas en general [elusión del pago de las obligaciones relativas a la Corporación de Reservas Estratégicas de Productos Petrolíferos (CORES), al Sistema de Información para la Certificación de los Biocarburante (SICBIOS),al Fondo Nacional de Eficiencia Energética (FNEE) y al Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)], que ha supuesto una enorme cantidad de déficit en la recaudación.

Sin embargo,“nunca llueve a gusto de todos” pues si bien puede llegarse con la medida aprobada a disminuir el fraude, también es cierto que ha dejado sin trabajo a un colectivo que estaba haciendo las cosas bien y cuyas operaciones no comportaban fraude alguno. En fin, pagan “justo por pecadores”.

 

Clara Bautista Valverde

Abogada

www.nertis.legal

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN