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Piden a la Junta que investigue las dos \"viviendas\" en \"suelo no urbanizable\" del alcalde de Cartaya

Según el escrito presentado por un vecino en la Delegación de Medio Ambiente, ambas edificaciones se construyeron “cuando Juan Polo era teniente de alcalde y además un tiempo concejal del área de Urbanismo en la localidad”

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  • El alcalde, Juan Polo -

El vecino de Cartaya que remitió el pasado mes de marzo un escrito al Ayuntamiento de la localidad en el que solicitaba información sobre la construcción de dos "viviendas", propiedad del alcalde del municipio, el independiente Juan Polo, en "suelo no urbanizable", ha dado un paso más y ha presentado otro escrito en la delegación de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente de la Junta de Andalucía en el que solicita que se "incoen los expedientes de disciplina urbanística y/o los expedientes de restablecimiento de la legalidad urbanística perturbada, de acuerdo con lo prevenido en la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA)".

Según reza en el escrito, al que ha tenido acceso Europa Press, el solicitante expone que para ambas viviendas se solicitaron las licencias de obra para la construcción de un almacén agrícola "sobre suelo rústico no urbanizable", pero terminaron siendo "viviendas" y todo, según apostilla, cuando Juan Polo era teniente de alcalde y además un tiempo concejal del área de Urbanismo en la localidad.

Así, en su escrito, recuerda que el 3 de julio de 1995, la esposa de Polo solicita licencia de obra para la construcción de un almacén agrícola de 50 metros cuadrados en la parcela 627 del sector 3 (Paraje La Vasca). Tal licencia, según señala el demandante, le fue concedida días más tarde, pero condicionado al "cumplimiento del contenido en el informe de los servicios técnicos municipales".


De este modo, remarca el escrito que en el expediente administrativo se señala que "en el momento de solicitar la licencia y antes de ser concedida, ya se estaba llevando a cabo la construcción de un almacén de 103,7 metros cuadrados, sin que obrara en el Ayuntamiento expediente alguno, o lo que es lo mismo, carecía de licencia municipal".

A su juicio, de lo anterior se deduce que "que la construcción acometida en 1995 en suelo no urbanizable (rústico) resultó ser manifiestamente ilícita, y resulta bastante probable que Polo, prevaleciéndose de su cargo de concejal, no posibilitó la instrucción del correspondiente expediente de disciplina urbanística y de restablecimiento de la legalidad urbanística".

Por su parte, el alcalde desmiente "rotundamente" estas acusaciones y asegura que este vecino "resulta ser un exconcejal socialista, exteniente de alcalde y exasesor del anterior alcalde, lo que pone de manifiesto que se trata de un nuevo capítulo de la persecución y la cacería política de la que estoy siendo objeto con el único propósito de sembrar la duda para desprestigiar y hacer daño político".

Se trata, a su juicio, de "un nuevo intento de poner en duda" la legalidad de las construcciones que el primer edil posee en el campo, después de que ya en 2012 se presentaran dos denuncias anónimas referidas a las citadas construcciones, ante el Seprona y ante la Fiscalía, que dictó auto de archivo "por no ver indicio alguno de ilegalidad en los expedientes, después de analizarlos con detalle y de exigir los pertinentes informes técnicos de los funcionarios públicos".

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