Para el delegado de Urbanismo, la declaración de zona inundable de múltiples ámbitos de la ciudad “es uno grandes temas que se afrontan en la redacción del nuevo Plan General de Ordenación Urbana (PGOU), ya que los suelos así tipificados pasan a ser no urbanizables”.
Según el segundo teniente de alcalde, tras los contactos mantenidos con la Agencia Andaluza del Agua, “las expectativas son buenas, ya que parte del problema podrá solucionarse al aplicar a los planos escalas más exactas que delimiten con mayor rigor y exactitud hasta dónde afecta la inundabilidad, así como el estudio de nuevas infraestructuras que eviten esta situación”.
En este sentido, Núñez ha resaltado la necesidad de elaborar un amplio trabajo de campo “para poder determinar con exactitud las obras de infraestructuras necesarias para solventar esta cuestión”.
Para el delegado de Urbanismo "el nuevo Plan General se configura como un documento para solucionar la gran mayoría de los problemas urbanísticos de la ciudad, y que permita dar estabilidad y seguridad jurídica al municipio en esta materia durante los próximos lustros".
Esta cuestión surge a raíz del estudio hidráulico para la prevención de inundaciones y ordenación de las cuencas de La Janda Litoral, elaborado por la Agencia Andaluza del Agua entre los años 2008-2009 y entre cuyas medidas se encuentra la incorporación de estas medidas al Plan General de Ordenación Urbana en 2010
En este documento se establecían las zonas inundables del término municipal diferenciando dos intensidades. La primera de ella se corresponde a los cauces de los ríos y arroyos, cuyos terrenos son de dominio público hidráulico, y una segunda intensidad, que son los márgenes de los arroyos, determinada como zona de riesgo natural.
En concreto, las zonas afectadas en Chiclana son el Arroyo del Cercado en El Marquesado; el río Iro con sus bifurcaciones en los arroyos del Salado, de la Cuenca y Cabeza de Vaca, y la ramificación del de la cuenca conocido como arroyo Zahurda. Por su parte, en la zona de Pago Melilla se encuentra el arroyo Carrajolila con sus ramificaciones Salineta y Ahogarratones, éste último con una bifurcación denominada arroyo Jardal.
Con todo ello, los terrenos donde se encuentren viviendas y parcelas en los márgenes del río y los reseñados arroyos con sus bifurcaciones quedaron fuera del avance del PGOU y pasaron a ser clasificados como suelo no urbanizables.