El tiempo en: Sanlúcar

Chiclana

El BOP publica las condiciones para acceder a las ayudas destinadas a entidades vecinales

El Ayuntamiento de Chiclana destinará en 2014 más de 80.000 euros a tal efecto.

Publicidad Ai
Publicidad AiPublicidad AiPublicidad Ai
Publicidad AiPublicidad Ai

El Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz (BOP) ha publicado las bases técnicas por las que se regirá la dación de subvenciones públicas destinadas a promocionar el movimiento asociativo de Chiclana, según ha anunciado la Delegación Municipal de Participación Ciudadana.

En este sentido, el Ayuntamiento de Chiclana contribuirá económicamente, a través de tres líneas de subvenciones, con un montante de más de 80.000 euros, que irán destinados al equipamiento de material de las federaciones, asociaciones y colectivos vecinales, que complementarán las tradicionales contribuciones municipales dedicadas a sufragar la realización de actividades culturales, festivas y deportivas. Así como las destinadas a costear parte del funcionamiento y mantenimiento de los locales sociales.

Al respecto, el delegado de Participación Ciudadana, Juan Carmona, ha resaltado que “a pesar de la actual coyuntura económica por la que transitamos, resulta fundamental seguir apostando por el movimiento asociativo vecinal de Chiclana y por la labor que las asociaciones de vecinos y entidades locales realizan en nuestra ciudad”.

Por ello todo, ha puesto en valor que “estamos poniendo a disposición de todos los chiclaneros más de 80.000 euros para garantizar el mantenimiento de las sedes sociales y para promover actividades lúdicas y socioculturales que redunden positivamente en la sociedad local”.

A partir de ahora, se abre un plazo de presentación de proyectos y propuestas, un periodo que finalizará a las 13,30 horas del próximo 26 de junio. Posteriormente, un órgano técnico creado al efecto evaluará estas propuestas ofertadas y se concederán las ayudas públicas si procediera y en función de la reunión de requisitos propuestos en las bases publicadas en el BOP.

Entre estas condiciones destacan las incluidas en la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Chiclana y las establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, de Subvenciones. Además, estas entidades deben estar inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones de este Ayuntamiento, con un año de antigüedad como mínimo y con los estatutos aprobados por la Junta de Andalucía adaptados a la Ley 1/2002 y carecer de ánimo de lucro.

Los representantes de las entidades interesadas en concursar en estas subvenciones pueden recoger las solicitudes en las oficinas de la Delegación Municipal de Participación Ciudadana, situadas en la tercera planta del Ayuntamiento de Chiclana o descargar los formularios a través de la web municipal www.chiclana.es
 

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN