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Córdoba

Presentado el recurso de Ruth Ortiz al TSJA para poder enterrar los restos óseos

La defensa prevé agotar el plazo, que culmina el jueves, para entregar su recurso en el que solicitará la absolución

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  • Ruth Ortiz -

La Audiencia Provincial de Córdoba ha recibido este martes el recurso de la abogada de Ruth Ortiz, madre de Ruth y José, los dos niños supuestamente asesinados por su padre, José Bretón, en octubre de 2011, y que ahora remitirá al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), contra la sentencia dictada por dicha Audiencia que condena a Bretón por dos delitos de asesinato, al entender que vulnera sus derechos respecto al destino de los restos de los niños.

   Así lo han confirmado a Europa Press fuentes judiciales, después de que en la citada sentencia, el magistrado de la Sección Tercera de la Audiencia, Pedro Vela, estipuló que no se le entregaran dichos restos a la madre para poder enterrarlos o celebrar una misa hasta que la sentencia no fuera firme.

   En concreto, según ha detallado a Europa Press la propia abogada, María del Reposo Carrero, en el escrito expone que se ha producido una vulneración del derecho positivo, concretamente de la Ley del Registro Civil. Así, la presentación de este recurso se produce después de que esta parte solicitara hace unas semanas ante la Sección Tercera de la Audiencia de Córdoba que se le devolvieran los restos a su madre o que éstos se trasladen a Huelva bajo custodia de la Policía para realizar una misa.


   En dicho escrito, que fue desestimado por el tribunal, la letrada indicaba que ambas peticiones están basadas "en razones de humanidad" y además las considera "perfectamente compatibles o si se quiere, conciliables", con las eventualidades que pueden surgir en el desarrollo y resolución de los recursos que pueda interponer el letrado del condenado José Bretón por la muerte de sus hijos, ya que "sobre los restos no habría que realizarse ninguna pericia o análisis complementario".

   Carrero solicita la entrega de estos huesos al entender que la Ley de Registro Civil señala "literalmente que será necesaria sentencia firme, expediente gubernativo u orden de la autoridad judicial que instruya las diligencias seguidas por muerte violenta, que afirman sin duda alguna el fallecimiento, para inscribir éste cuando el cadáver hubiere desaparecido o se hubiere inhumado antes de la inscripción".

   Por ello, la letrada destaca que se admite la inscripción del fallecimiento "no sólo cuando haya existido una sentencia judicial firme, sino además cuando exista una orden de autoridad judicial a la que no se le exige requisito de firmeza, pudiéndose proceder en este caso a la inscripción del fallecimiento con su correspondiente enterramiento". En este punto, asegura que "en tanto no se practique la inscripción no se expedirá la licencia para el entierro".

LA DEFENSA AGOTARÁ LOS RECURSOS

   En cuanto a la defensa, el letrado José María Sánchez de Puerta prevé agotar el plazo, que expira el jueves, para presentar su recurso ante el Tribunal Superior de Justicia (TSJA), según ha señalado a Europa Press, y en el que solicitará la absolución de su cliente, condenado por la Audiencia Provincial de Córdoba a 40 años de prisión.

   Al respecto, el abogado mantiene que agotará "todos los posibles recursos" contra dicha sentencia, que califica como "muy dura", y ya anunció que, en el caso de que el TSJA mantenga la condena a Bretón, también llegará al Tribunal Supremo (TS), en ese caso mediante la presentación de un recurso de casación.

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