El tiempo en: Sanlúcar
Publicidad Ai

España

Inician el expediente de disolución de Giralda TV y Sevilla Global

Tienen deudas que exceden la mitad de su capital social

Publicidad AiPublicidad Ai
El Ayuntamiento de Sevilla iniciará el expediente de disolución de las sociedades municipales "cuyas pérdidas excedan de la mitad del capital social", en cumplimiento del Real Decreto Ley 4/2012 para la aplicación del plan de ajuste (derivado del plan de pago a proveedores), como son Giralda Televisión y Sevilla Global, algo que se aprobará el viernes en Pleno municipal.

En un comunicado, el Consistorio explica que, conforme a lo que establece el modelo de plan de ajuste aprobado por Orden Ministerial de Hacienda y Administración Pública de 9 de marzo, en cumplimiento del Real Decreto Ley 4/2012 y, más concretamente, en la medida número ocho de las de gastos "se contempla la obligación de disolución de aquéllas empresas que presenten pérdidas por debajo de la mitad del capital social, no admitiéndose una ampliación de capital con cargo a la entidad local".

Así, indica que se encuentran en "esta situación" la Sociedad Mercantil DeSevilla Digital Uno y la Sociedad Sevilla Global, "por lo que debe procederse a iniciar los trámites para la disolución de ambas".

El gobierno municipal paralelamente al inicio de expediente de disolución asegura que comenzará a analizar la "conveniencia y la forma de gestión" de los servicios que se prestan por estas sociedades y a buscar "posibles soluciones" para los 61 trabajadores, nueve de Giralda TV y 52 de Sevilla Global, afectados por esta medida a la que se ha acogido el Ayuntamiento de Sevilla que "evita poner en riesgo los puestos de trabajo de las 624 empresas a los que se les deben más de 59 millones en facturas".

"Independientemente del plan de ajuste, ambas sociedades estaban en esta situación en cumplimiento del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local, que en su artículo 103 dice que: cuando las pérdidas excedan de la mitad del capital social, será obligatoria la disolución de la Sociedad, y la Corporación resolverá sobre la continuidad y forma de prestación del servicio", añade.

Esta Ley recoge la posibilidad de transferencias a estas sociedades para salvar este artículo, salida que dada la situación económica y financiera del Ayuntamiento de Sevilla heredada por este gobierno, era prácticamente imposible, independientemente de la aplicación del plan de ajuste.

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN