El juez instructor del caso Nóos, José Castro, investigará si las salidas de fondos de seis cuentas de Aizoon, empresa propiedad de la Infanta Cristina e Iñaki Urdangarin que recibió ingentes cantidades del entramado Nóos -abastecido a su vez con los fondos públicos percibidos de Baleares y la Comunidad Valenciana-, corrían a cargo de la hija del Rey para sus gastos personales. Para ello, ha autorizado a la Agencia Tributaria (AEAT) a solicitar a tres entidades bancarias información sobre los movimientos registrados en esas cuentas.
Así lo ha acordado este jueves mediante una providencia a la que ha tenido acceso Europa Press, y con el que da respuesta a una solicitud de Hacienda, que requiere de estos datos para poder determinar el destino exacto que se dio a los fondos de Aizoon, más en concreto si éstos fueron a parar a las obras de rehabilitación del conocido como palacete de Pedralbes o a otras atenciones personales y familiares de la Infanta.
Precisamente, esta petición se produce después de que el juez haya incorporado a la causa la información remitida por una entidad bancaria según la cual fueron traspasados desde la mercantil Aizoon, integrante del entramado Nóos, hasta un total de 150.000 euros que fueron a pasar a una cuenta bancaria cuyo titular es Urdangarin y autorizada la Infanta.
Una vez reciba el resto de documentación de la que está pendiente Castro, procedente de la AEAT y el Grupo de Delincuencia Económica de la Policía Nacional, decidirá en próximas semanas si archiva definitivamente las investigaciones en torno a la Infanta o si, por el contrario, acuerda su imputación por un presunto delito fiscal o de blanqueo de capitales, no sin antes consultar a la Fiscalía Anticorrupción y las demás partes personadas en el caso Nóos para que se pronuncien al respecto.
En concreto, la AEAT remitió un oficio al magistrado en el que exponía que, a fin de cumplimentar debidamente el informe sobre el destino del dinero de Aizoon, se le permitiera dirigirse a los bancos para reclamarles los extractos de movimientos que impliquen salidas de fondos así como de los cargos de las tarjetas de crédito y débito que pudieran estar asociadas a las cuentas en cuestión, abiertas en el Banco Bilbao Vizcaya Argentaria (BBVA), La Caixa y en el Privat Bank Degroof.
Los investigadores apuntan a que tanto Urdangarin como su mujer se habrían beneficiado, como socios al 50 por ciento de la mercantil Aizoon, de los ingresos procedentes del Instituto Nóos así como del dinero supuestamente defraudado a Hacienda a través de la empresa de la que ambos eran copropietarios.
Según postulan, el dinero que de forma presuntamente irregular percibió Aizoon desde Nóos no se quedó en la cuenta de la primera entidad, sino que se destinó a gastos particulares del matrimonio, como la reforma de su vivienda familiar, con su posible "conocimiento del origen ilícito y delictivo" de estos fondos.
De hecho, la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Baleares incidía en que, si bien la Duquesa de Palma podía desconocer el origen ilegal del dinero público, en cuanto a que "provenía de un delito de malversación o de fraude", lo que resulta "más dudoso" es que la Infanta "desconociera que esos ingresos podían suponer un delito contra la Hacienda Pública" puesto que Nóos, aunque declaraba al fisco, no pagaba el impuesto de sociedades por constar inscrita como sociedad sin ánimo de lucro.
En esta misma línea, la Audiencia señalaba que la Infanta "debería saber o conocer que Aizoon era una sociedad pantalla y que su marido la utilizaba para defraudar a Hacienda", tanto en lo que al impuesto de sociedades se refiere como respecto al IRPF, y que "se ha enriquecido con contratos ilegales y dinero público por facturas giradas por Aizoon a Nóos".
Es más, los magistrados recalcaban que mientras Urdangarin era el administrador de Aizoon, su mujer tenía el control funcional de la sociedad al ser titular del 50 por ciento del capital social, motivo por el que "podría estar en condiciones de impedir la defraudación" a la hora de presentar las declaraciones del impuesto de sociedades de los años 2006, 2007 y 2008.
LA INFANTA PUDO PEDIR QUE "SE REGULARIZASE LA SITUACIÓN TRIBUTARIA"
De acuerdo con este planteamiento, el tribunal recalcaba que a partir de marzo de 2006 -cuando la Infanta dejó la junta directiva de Nóos, de la que era vocal- o meses antes "ya debería saber que Aizoon no era una sociedad de profesionales y que ella y su marido la utilizaban para defraudar".
Así, sostenía que, como socia de la mercantil y "teniendo posibilidad de controlar la gestión, pudo haber convocado Junta de la sociedad y revocado poderes a su marido o pedido que se regularizase la situación tributaria". "Pero no lo hizo y Aizoon recibió dinero público y privado defraudado sociedades -se desgravaron gastos y amortizaciones no deducibles- e impuesto sobre la renta", señala.
En el marco de esta causa, los investigadores apuntan a que el Duque "interpuso" esta mercantil para facturar "ciertos servicios de carácter personalísimo", como el servicio doméstico, que nada tenían que ver con la actividad de la inmobiliaria, todo ello con el objetivo de reducir su propia tributación en la declaración del IRPF.
Y es que en un extenso informe al que tuvo acceso Europa Press, la Agencia Tributaria señala cómo durante 2007 y 2008, ejercicios en los que Urdangarin habría defraudado a Hacienda al menos 240.000 euros, utilizó Aizoon como "pantalla" para tributar gastos como los de su propio servicio doméstico o los de su asistenta personal, con el objetivo de beneficiarse de un tipo impositivo inferior (el aplicado a las sociedades).