El tiempo en: Sanlúcar
Publicidad Ai

España

Abogacía recusa al juez que suspendió obras para exhumar a Franco

Suspendió de forma provisional la licencia de obras del Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial para exhumar al dictador

Publicidad AiPublicidad Ai
  • Valle de los Caídos. -

 La Abogacía del Estado ha recusado al juez de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Madrid, José Yusty, que suspendió de forma provisional la licencia de obras del Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial para exhumar al dictador Francisco Franco del Valle de los Caídos.

Fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Madrid han informado a Efe de que la Abogacía del Estado ha presentado un escrito en el Juzgado en el que plantea la recusación del magistrado al entender que no puede resolver este asunto tras haber redactado en 2007 un artículo titulado "Gobierno y armada española en la monarquía absoluta".

En dicho artículo sobre la ley de memoria histórica José Yusty acusaba al entonces presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, de revivir "con oscuras intenciones todos los hechos y situaciones que llevaron a nuestra patria a aquellos momentos difíciles".

Tras recibir el escrito de recusación el juez ha paralizado toda actividad judicial en relación con este asunto, que está pendiente de la resolución de la cuestión de fondo del recurso presentado por un particular contra el la decisión del Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial de 26 de noviembre de 2018 de declarar admisibles las actuaciones urbanísticas para la exhumación de Franco.

En concreto, el levantado del pavimento de mármol, la retirada de la losa de piedra que cubre la sepultura de Franco, la exhumación de sus restos mortales, su traslado a otro lugar, la instalación de muretes para apoyar el forjado del hueco excavado y la reposición de la obra mediante losas de mármol negro y de las que resulten dañadas por las actuaciones tras el altar mayor de la basílica. 

El magistrado dará traslado a las partes para que informen respecto a si procede la recusación planteada por la Abogacía del Estado y el propio juez tendrá que elaborar su informe en el que tendrá que expresar si la acepta o la rechaza.

El juez tendrá que elevar su informe al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que designará un instructor para tramitar el expediente de la recusación, momento en el que por el turno legal de reparto el asunto pasaría al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 4 de Madrid.

En el caso de que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid resolviera que no procede la recusación planteada por la Abogacía del Estado el caso volvería a llevarlo el juez José Yusty.

Este magistrado dictó el pasado 25 de febrero un auto en el que acordaba la medida cautelar urgente de suspensión del citado informe del Ayuntamiento mientras se resuelve el fondo del recurso contra la decisión municipal.

Dicha suspensión fue pedida por el recurrente, que alegó que el acuerdo del Consejo de Ministros del pasado 15 de febrero implicaba la inminencia de la citada exhumación con las obras señaladas y que en el mismo se aludía a la necesidad del informe preceptivo del Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial.

El juez fundamentaba en su resolución que "no se aprecia especial urgencia en la exhumación del que fue jefe del Estado puesto que lleva enterrado en la basílica de la Santa Cruz del Valle de los Caídos desde el 23 de noviembre de 1975".

Añadió que "se trata de remover unas losas de mármol que a su vez tapan una losa de granito de al parecer dos mil kilos de peso y no hace falta ser arquitecto, ni ingeniero ni maestro de obras para percatarse de que ello es de por sí algo complicado, difícil de manejar y peligroso por el riesgo evidente de caída, rotura o cualquier otro accidente que puede causar daños a las personas".

También aludía al dictamen de dos arquitectos que en su opinión no se ha realizado un estudio serio y riguroso de la seguridad de toda la operación, teniendo en cuenta que la basílica contiene una cripta que necesariamente ha de ser grande con partes huecas de tal forma que el movimiento de la losa de piedra de dos mil kilos puede desestabilizar el conjunto.

Por ello el juez consideró que "una decisión del Consejo de Ministros, por legítima y conforme a la legalidad que sea, lo que aquí no se cuestiona, no puede ejecutarse sin garantías técnicas y mecánicas poniendo en peligro la vida o la integridad de los operarios que intervengan en la operación, que no serán pocos", cuando además entiende que no es una obra urgente. 

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN