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El \'injustificado\' abandono de las obras de rehabilitación en La Constitución

El Consejo Consultivo de Andalucía dictamina contra la constructora que abanonó las obras en 2010 \"porque la conflictividad social de la barriada impedía hacer su trabajo con robos, amenazas o incendios\".

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  • Visita de Foro a la barriada

El Consejo Consultivo de Andalucía ha dictaminado que una constructora no puede abandonar "unilateralmente" las obras de rehabilitación de viviendas para las que había sido contratada porque la conflictividad social de la barriada impidiera hacer su trabajo con robos, amenazas o incendios.

En un dictamen al que ha tenido acceso EFE, la Comisión Permanente del Consejo Consultivo de Andalucía se pronuncia en ese sentido al dictaminar a favor de la propuesta de la Consejería de Fomento y Vivienda de la Junta de Andalucía de resolver el contrato con la empresa Ingeconser.

La Empresa Pública del Suelo de Andalucía (EPSA) adjudicó en el 2009 a esta empresa un contrato de 1.122.212 euros para la reparación de 500 viviendas sociales en la barriada La Constitución, en Jerez de la Frontera (Cádiz).

Las obras tenían un plazo de ejecución de diez meses, pero quedaron paralizadas varios meses después, cuando estaban ejecutadas al 31,22 por ciento.

La constructora decidió unilateralmente abandonarlas ante las pérdidas que le estaba ocasionando la "gran cantidad de incidencias ajenas a la empresa contratista, que dificultan, entorpecen, ralentizan, e incluso impiden la normal ejecución y desarrollo de los trabajos contratados".

Así en los partes y denuncias presentadas consta que desde febrero de 2010 hubo "huelgas de trabajadores de las subcontratas con amenazas físicas para su recolocación en la empresa principal, robos de material y equipos, amenazas de buscadores de chatarras, amenazas de vecinos por no poder ver la televisión, por no ejecutar las obras en la forma deseada por ellos, incendios provocados, animales domésticos en cubiertas, etc.".

Ante los "graves perjuicios económicos" que sufría la empresa, que en octubre de 2012 se declaró en concurso voluntario, ésta abandonó la obra.

El Consejo recuerda que la constructora implantó medidas de seguridad que permitieron el desarrollo normal de los trabajos durante las fases iniciales de la obra, pero luego la conflictividad social le imposibilitó seguir el trabajo "por causas no imputables a la misma, debidos a robos, amenazas, vandalismo, etc."

El consejo recoge en su dictamen que la constructora "se encontró huérfana de la más mínima ayuda por parte de la Administración para poder realizar su trabajo".

La paralización de la obra fue "conocida por todos los agentes" y en 2013 el gerente provincial de EPSA en Cádiz resolvió el inicio del expediente de rescisión del contrato de mutuo acuerdo entre el contratista y EPSA,

Las condiciones en las que se resolvía el contrato, con devolución de las garantías constituidas, ha llevado el caso hasta el Consejo Consultivo de Andalucía.

En su dictamen, señala que "atendiendo a la naturaleza del contrato, no puede encontrar justificación la decisión unilateral, adoptada por el contratista, de paralizar la ejecución de la obra, y abandonarla" porque el "interés público" al que responde el contrato "conlleva una mayor carga de responsabilidad en cuanto al buen fin del negocio".

"De esta forma, el contratista no puede abandonar el contrato bajo ninguna circunstancia, sin perjuicio de que sí pueda solicitar de la Administración su resolución... o su suspensión temporal, como podría haber hecho en el presente caso"

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