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Málaga

El Supremo rechaza "error judicial" en el asesinato de Sonia Carabante

La familia de la joven reclamó descoordinación en relación con la figura de King, lo que impidió su detección por parte de Policía Nacional y Guardia Civil

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  • Tony alexander king -
  • La familia de la joven reclamó descoordinación en la figura de King, lo que impidió su detección por parte de Policía Nacional y Guardia Civil

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo (TS) ha rechazado que exista "error judicial" en la muerte de la joven Sonia Carabantes, asesinada en el año 2003 en el municipio malagueño de Coín por parte de Tony Alexander King.

La familia de la joven reclamó por la "descoordinación" que se produjo en relación con la figura de King, lo que impidió su detección por parte de la Policía Nacional y la Guardia Civil antes de que acabase con la vida de Sonia.

El TS, según el auto conocido por Europa Press, sostiene que la demanda de la familia "no tiene encaje alguno en un supuesto error judicial, pues no achacan el mismo a resolución alguna", si bien precisa que ante un supuesto funcionamiento "anormal" de la Administración en este crimen, la acción "ha de dirigirse directamente ante el Ministerio de Justicia, sin que esta Sala tenga competencia alguna para intervenir en la reclamación, tramitándose la misma conforme a las normas reguladoras de la responsabilidad patrimonial del Estado", según ha adelantado este miércoles el diario 'Málaga Hoy'.

En el escrito de la familia se recuerda que en una comparecencia en el Congreso de los Diputados, en octubre de 2003, se expuso que Scotland Yard "envió a la Policía de España un comunicado en el que informaba de que Tony Alexander King podía entrañar un peligro para la libertad sexual de las mujeres y que, asimismo, comprobaran la dirección en la cual éste residía en el momento de su entrada en España". Según se precisó, la citada información "no fue incorporada a la base de datos, valorando dicha información incorrectamente".

Estos hechos, a juicio de la familia Carabantes, confirman la existencia de "un error por parte de la Administración". Cabe recordar que las primeras comunicaciones por parte de la policía británica datan de 1998, antes incluso de que King consumase el asesinato de la joven Rocío Wanninkhof en Mijas un año más tarde.

Precisamente, este primer crimen no pudo ser plenamente esclarecido hasta que el británico acabó con la vida de Sonia Carabantes, gracias a los restos de AND encontrados bajo sus uñas y que coincidían con los hallados en una colilla de cigarrillo que se halló donde fue encontrado el cuerpo de Wanninkhof.

Según el abogado Jesús Garzón, representación legal de la familia Carabantes, primero se analizará la posibilidad o no de recurrir el auto del Supremo, para, en caso negativo, reclamar una indemnización ante Justicia.

Así, sostiene que si las personas que investigaron la muerte de Wanninkhof "hubiesen tomado como una de las líneas de investigación posible la nota enviada por Scotland Yard a la policía española, con relación al peligro de King sobre las mujeres, podría haber sido detenido por esta muerte, y posteriormente, tras las comprobaciones oportunas se le habría detenido y subsiguientemente habría entrado en prisión acusado y juzgado por el asesinato de Rocío y se hubiera detenido en su momento por tal asesinato no hubiera dado lugar el asesinato de Sonia".

En definitiva, según el Supremo, la cuestión planteada "no tiene encaje alguno en un supuesto error judicial pues no achacan el mismo a resolución judicial alguna, sino a la Administración al no investigar" a King debido a unas "faltas de coordinación entre las bases de la Policía Nacional y las de la Guardia Civil". La reclamación, por tanto, "ha de dirigirse directamente ante el Ministerio de Justicia, sin que esta Sala tenga competencia alguna para intervenir".

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