Agentes de la Policía Nacional, en un operativo conjunto con la Tesorería General de la Seguridad Social, han destapado un fraude de 15.779.320 euros cometido por varias mercantiles en investigadas en las provincias de Almería, Barcelona, Cáceres, Cádiz, Granada, Huelva, Las Palmas, Lugo, Madrid, Málaga, Navarra, Sevilla, Toledo y Valencia. Los agentes revisaron y analizaron 32 expedientes que afectaban a diferentes empresas y como consecuencia fueron investigadas 43 personas como presuntas responsables de delitos contra la Seguridad Social, fraude de prestaciones, falsedades documentales, frustración a la ejecución, estafa, blanqueo de capitales y malversación.
Las investigaciones comenzaron a finales del año 2016 cuando fueron remitidos distintos escritos denuncia por parte de la Tesorería General de la Seguridad Social a la Sección de Investigación de la Seguridad Social de la Policía Nacional, junto con la diversa documentación solicitada por esta unidad policial. Los investigados han resultado ser principalmente los responsables de las mercantiles, pero también sus testaferros, algunos de ellos trabajadores que figuraban en connivencia o familiares de los primeros. En todos los casos se ha realizado un informe patrimonial de las personas implicadas con el fin de que la Tesorería General de la Seguridad Social pueda solicitar el embargo de aquellos bienes que considere oportuno, o que el Juzgado que entienda de cada una de las causas pueda utilizarlos con el fin de cubrir las responsabilidades.
Entre los arrestados hay un empresario que fue nombrado depositario de los bienes embargados por las deudas que mantenía con la TGSS, que en la actualidad superaban los 120000 euros y que estaban depositados en el establecimiento hostelero de su propiedad. Cuando se requirió al empresario la puesta a disposición de los bienes embargados, incumplió sus obligaciones como depositario obviando el requerimiento. Además, para evitar las responsabilidades penales decidió efectuar hasta tres denuncias ante la Policía en las que narraba una serie de hurtos y robos en su establecimiento, y que coincidían con las fechas de las notificaciones de la TGSS y de todos los bienes que ya figuraban embargados por ese mismo organismo.
Diferentes formas de defraudación
Con el fin de eludir el pago de las cantidades adeudadas y frustrar las legítimas aspiraciones de cobro de la Tesorería, las empresas defraudadoras utilizan diferentes procedimientos. Entre estos métodos figura la creación sucesiva de sociedades mercantiles a las que se va transfiriendo la actividad que venía desarrollando la deudora, así como los elementos patrimoniales de aquella. En otras ocasiones, mediante el denominado “Grupo de Empresas” se constituye una empresa principal que ostenta el patrimonio junto a otras –descapitalizadas- que complementan la actividad de aquella, existiendo un ánimo defraudatorio ya que estas últimas empresas que figuran formalmente con personalidad jurídica independiente, en su actuación y actividades reales son una única empresa, utilizando fraudulentamente la normativa laboral (cesión irregular de mano de obra, contratas ficticias, facturaciones entre ellas mismas, etc.)
La creación de entramados empresariales en los que la actividad empresarial aparece en una u otra mercantil según convenga es otro de los sistemas empleados con este fin. Para ello se establecen unas empresas patrimoniales, que ostentan el patrimonio del grupo y son las titulares de los derechos de crédito de la actividad, pero no de las deudas generadas por otras empresas del grupo que carecen de cualquier tipo de patrimonio realizable, existiendo entre las mercantiles deudoras y las descapitalizadas, relaciones opacas.
Asimismo, las sucesivas transmisiones de la titularidad de los bienes que pasan de una razón social a otra o incluso a empresarios individuales, impidiendo o dificultando la localización y traba de los mismos, y en algunos casos, el traspaso de los bienes una vez requerido su embargo, son igualmente utilizados para defraudar. También los son la ocultación de bienes a los Organismos competentes de la Tesorería General de la Seguridad Social, con la finalidad de eludir el pago de la deuda generada, y el entorpecimiento de la labor recaudatoria de los mencionados Organismos de la TGSS.