El Juzgado de Primera Instancia número 12 de Granada ha desestimado la demanda civil contra Cervezas Alhambra interpuesta por una de las vecinas de un bloque cercano a la fábrica en Granada, que reclamaba a la empresa un total de 48.000 euros en concepto de indemnización por los daños morales que le han ocasionado los ruidos que aseguraba que emitía, además de que se tomasen las medidas adecuadas para solventar la situación.
En la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, la magistrada señala que, a la vista de los informes técnicos realizados al respecto, los niveles de ruido "elevados" registrados "no pueden ser imputados" a la planta, puesto que tienen su origen en el tráfico rodado con la Avenida de Pulianas.
De hecho, según incide, "se ha comprobado que con la fábrica parada se registran niveles superiores a los establecidos en el Decreto 6/2012, lo que permite concluir que en estos casos los niveles de ruidos son ajenos a la actividad de la demandada".
También influye en el nivel de inmisiones, según consta en los informes recogidos en el fallo, que adelanta este jueves el diario 'Ideal', la "insuficiencia de medidas de aislamiento" con las que cuenta la vivienda de la demandante.
Asimismo, mantiene que se ha acreditado el cumplimiento de la emisión sonora de la instalación de Cervezas Alhambra en Granada con los valores límites de inmisiones aplicables a actividades "siempre que el área acústica donde se ubica tenga la consideración de industrial o residencial", como es el caso, con lo que concluye que debe desestimarse la demanda, al considerar que no es imputable el daño a la empresa en el uso de su actividad industrial.
Contra la resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Granada, que la demandante ya ha presentado el pasado 27 de diciembre, según han informado a Europa Press fuentes de su representación legal.