El SPLI señala a funcionarios como causantes del retraso de unos pagos

Publicado: 12/12/2012
"Algo falla cuando se paga por hacer un trabajo y este no se realiza como tiene que ser y además no tengan consecuencias para los responsables”.
El Sindicato de la Policía Local Independiente ha denunciado que el Ayuntamiento de San Fernando vuelve a retrasarse en el pago de las cuotas sindicales descontadas en las nóminas mensuales de noviembre a los policías afiliados al Sindicato de la Policía Local y que demuestra que el nuevo programa de nóminas "tiene más carencias que virtudes, eso si pensamos bien y le achacamos la tardanza en el pago a una máquina".

 

Y es que el sindicato policial apunta a otra razón para estos fallos que no son nuevos, al considerar "curioso" que haya empleados municipales, los cuales cobran mensualmente una compensación económica por acarrear esta responsabilidad, y que después no sean culpables de "su mala gestión". "Algo falla cuando se paga por hacer un trabajo y éste no se realiza como tiene que ser y además  no tengan consecuencias para los responsables”.

Las cuotas sindicales se retienen a los empleados de la plantilla municipal de conformidad con la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical, como derecho individual del empleado municipal, mediante petición de conformidad expresada por escrito y dirigido al Alcalde, para atender económicamente la gestión de representación del sindicato.

Con las cuotas de las nóminas de enero y febrero del año 2011 ocurrió lo mismo y se puso en conocimiento del alcalde, entonces Manuel De Bernardo, al efecto de depurar las responsabilidades administrativas oportunas, denunciado públicamente en los medios de comunicación ya que ese dinero tiene un fin concreto y no puede ser utilizado ni usado para otra finalidad, por lo que fueron desembolsadas al día siguiente las cantidades reclamadas.

Todo esto fue subsanado durante el presente año 2012 y al parecer "vuelven a las andadas. Por lo visto el problema no es sólo con las cuotas sindicales, sino también con otros pagos no menos importantes como embargos judiciales, manutenciones alimenticias, etc…, algo que la ley prohíbe si no se tiene la autorización del empleado o por la autoridad judicial competente", dice el sindicato.

 


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