Rebajan en seis meses la pena a un condenado por abuso sexual por dilaciones indebidas

Publicado: 26/10/2022
El procedimiento judicial se prolongó durante más de cinco años, aspecto que la defensa ha recurrido ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha rebajado de tres años a dos años y seis meses la condena por abuso sexual a un hombre de 78 años por unos hechos acaecidos en septiembre de 2016.

La Audiencia provincial de Cádiz condenó entonces a este sanluqueño por abuso sexual a una menor de 11 años, a la que montó en su coche con el ofrecimiento de acercarla a donde había quedado con sus amigas. Durante el trayecto, le realizó tocamientos en los pechos y en la vagina y le puso un billete de cinco euros en el escote del vestido al tiempo que le amenazaba con hacerle algo malo si contaba lo sucedido.

La defensa apeló el fallo entendiendo excesivo el tiempo invertido hasta el enjuiciamiento de los hechos, más de cinco años. Circunstancia que el Alto Tribunal andaluz ha admitido, reduciendo la condena por abuso sexual en seis meses, aunque mantiene la de libertad vigilada durante cinco años para el acusado, al que le constaba una antigua condena por exhibicionismo. La defensa también apeló al entender que se había vulnerado el principio de presunción de inocencia, pero el TSJA ha rechazado el motivo, al considerar que los integrantes del tribunal no tuvieron dudas sobre la culpabilidad del acusado dando validez a las declaraciones de la víctima, que ha sufrido episodios de estrés postraumático así como problemas conductuales y de aislamiento a raíz de los hechos.

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