El Atlético Sanluqueño anuncia la primera fase de acciones para constituir la SAD

Publicado: 28/07/2024
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De conformidad con lo establecido en la Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte, en el Real Decreto 1251/1999, de 16 de julio, sobre Sociedades Anónimas Deportivas, y en la disposición transitoria tercera del Real Decreto 1084/1991, de 5 de julio, en vigor por virtud de la derogatoria única del Real Decreto 1251/1999, de 16 de julio citada anteriormente, la Junta Directiva del Atlético Sanluqueño, en adelante club, anuncia por la presente el inicio de la primera fase de acciones de ‘Atlético Sanluqueño CF, Sociedad Anónima Deportiva’, en constitución en adelante, la SAD, durante un periodo de 30 días contados desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio, ofreciendo la Junta Directiva del Club las acciones en que se divide el capital social de la Sociedad Anónima Deportiva a todas aquellas personas que, a la fecha de la aprobación y emisión de la Memoria del proceso de transformación voluntaria del Club en SAD, ostentasen la condición de socios con plenos derechos y obligaciones y con derecho de suscribir acciones de la nueva SAD, de modo que cada uno de ellos pueda hacer frente a igual número de acciones.

El club en proceso de transformación en Sociedad Anónima Deportiva es una asociación privada, con personalidad jurídica propia y capacidad de obrar, denominada Atlético Sanluqueño Club de Fútbol, que tiene su domicilio social Sanlúcar de Barrameda, concretamente en la Avenida Puerto de Santa María nº13 (Estadio El Palmar), CP: 11.540, y que se encuentra inscrito en el Registro de Entidades Deportivas de Andalucía con el número 002321, y esta provisto de CIF G11040839.

Por acuerdo de la Junta Directiva del Club adoptado con el voto favorable del 59,36% de los socios asistentes presentes y representados, el día 26 de marzo de 2022 y habiéndose obtenido el preceptivo informe favorable de la Comisió Mixta deTransformación de Clubes en Sociedad Anónimas Deportivas, el capital social resultante del proceso de transformación del Club quedó fijado en 353.160 euros.

Todas las personas que ostentaran a  5 de febrero de 2024 la condición de socios del Club tienen derecho a suscribir igual número de acciones de la nueva Sociedad Anónima Deportiva en la primera fase, que según los documentos del Club y de que el capital social de la nueva Sociedad Anónima Deportiva divide en 2.180 acciones nominativas, cada uno de los referidos con derecho a suscripción podrá hacerlo en esta anunciada primera fase de suscripción.

Una acción de la nueva Sociedad Anónima Deportiva mediante el desembolso dinerario de su valor nominal de 162 euros y la suscripción del correspondiente Boletín de acciones, cuyo modelo para personas físicas y jurídicas fue aprobado por acuerdo de la Junta Directiva del Atlético Sanluqueño. El Boletín de suscripción de acciones se formalizara por triplicado, quedando un primer ejemplar en poder del Club, un segundo ejemplar en la entidad de crédito en la que se verifiquen las suscripciones y desembolsos de las acciones, y el tercer ejemplar se le entregará al suscriptor con la firma de uno de los miembros de la Junta Directiva del Club o de la propia entidad de crédito autorizada para admitirlas y desembolsos de las acciones. Estos modelos están disponibles en la propia entidad bancaria o en el domicilio social del Club.

Los socios con derecho de suscripción de acciones en esta primera fase interesados en la nueva Sociedad Anónima Deportiva pueden obtener información detallada en el propio domicilio social del Club, o bien a través del correo electrónico:

administracion@atleticosanluquenocf.com

Pueden suscribir acciones de la nueva Sociedad Anónima Deportiva mediante el desembolso dinerario de su valor nominal en la cuenta bancaria IBAN ES36 3058 1807 7027 2001 5522, abierta a tal efecto en la entidad bancaria Cajamar.

Realizado el ingreso, deberá acudirse a las oficinas del Club donde se formalizará el correspondiente boletín de suscripción de acciones. Transcurrido el plazo 30 días establecido para la suscripción de acciones de la nueva Sociedad Anónima Deportiva en la primera fase de aquellos socios de número del Club que hubiesen suscrito acciones en la dicha primera fase tendrán derecho a certificar las no realizadas en la primera fase de suscripción en las mismas condiciones de igualdad en una segunda fase que se abrirá durante un nuevo período de 30 días contados desde el día siguiente al de la publicación del resultado de la primera fase de suscripción de acciones y anuncio del inicio de la segunda de fase, en el que la Junta Directiva del Club debera ofrecer las no suscritas en la primera fase a los referidos socios receptores de acciones.

El Atlético Sanluqueño afronta una nueva situación en sus 75 años de historia y estará en permanente contacto con sus socios para facilitar el paso que se pretende dar a partir de ahora.

Una entidad que, como ocurre en muchos clubes, se adapta al presente y futuro.

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