De conformidad con lo establecido en la Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte, en el Real Decreto 1251/1999, de 16 de julio, sobre Sociedades Anónimas Deportivas, y en la Disposición transitoria tercera del Real Decreto 1084/1991, de 5 de julio, de Sociedades Anónimas Deportivas, en vigor por virtud de la Disposición derogatoria única del Real Decreto 1251/1999, de 16 de julio, citada anteriormente, la Junta Directiva del Atlético Sanluqueño (en adelante, el club) anuncia por la presente el inicio de la primera fase de suscripción de acciones de Atlético Sanluqueño o club de fútbol, Sociedad Anónima Deportiva -en adelante, la SAD- durante un periodo de treinta (30) días contados desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, ofreciendo la Junta Directiva del Club las acciones en que se divide el capital social de la Sociedad Anónima Deportiva a todas aquellas personas que, a la fecha de la aprobación y emisión de la Memoria del proceso de transformación voluntaria del Club en SAD, ostentasen la condición de socios del Club con plenos derechos y obligaciones y con derecho de suscribir acciones de la nueva SAD, de modo que cada uno de ellos pueda suscribir igual número de acciones. El club en proceso de transformación en Sociedad Anónima Deportiva es una asociación privada, con personalidad jurídica propia y capacidad de obrar, denominada Atlético Sanluqueño o club de fútbol, tiene su domicilio social Sanlúcarr de Barrameda (Cádiz), Avenida de El Puerto de Santa María, nº 13 (Estadio el Palmar), CP 11540, se encuentra inscrito en el Registro de Entidades Deportivas de la Andalucía con el número 002321, y esta provisto de CIF G11040839.
Por acuerdo de la Junta Directiva del Club adoptado por unanimidad, así como con el voto favorable del 59,36% de los socios asistentes presentes y representados, el día 26 de marzo de 2022 y habiéndose obtenido el preceptivo informe favorable de la Comisión Mixta de Transformación de Clubes en Sociedad Anónimas Deportivas, el capital social de la Sociedad Anónima Deportiva resultante del proceso de transformación del Club quedo fijado en 353.160,00 euros, dividido en 2.180 acciones nominativas, cada uno de los referidos 2.180 socios con derecho a suscripción de acciones podra subscribir en esta primera fase de suscripción 1 acción de la nueva Sociedad Anónima Deportiva mediante el desembolso dinerario de su valor nominal de 162 euros, pertenecientes a una sola clase y a una sola serie, que habrán de ser totalmente suscritas y desembolsadas mediante aportaciones dinerarias y que atribuirán a sus respectivos titulares los mismos derechos reconocidos por la Ley y por los Estatutos de la nueva Sociedad Anónima Deportiva.
Se informa de que, de los 2.180 socios del club con derecho de suscripción de las acciones de la nueva Sociedad Anónima Deportiva a la fecha de aprobación y emisión de la Memoria del proceso de transformació voluntaria del Club en Sociedad Anónima Deportiva, han suscrito acciones de la Sociedad Anónima Deportiva en la primera fase de suscripció de acciones ya finalizada 13 socios (según consta en los respectivos boletines de suscripción de acciones suscritos por cada uno de dichos 13 socios, por el Club y/o por la entidad de crédito Cajamar en la que se han realizado los desembolsos dinerarios correspondientes, así como en la certificació emitida por dicha entidad de crédito tras la finalizació de la primera fase de suscripción de acciones, obrando todo ello en los archivos del Club, habiendo suscrito los referidos 13 socios un número total de 13 acciones, numeradas correlativamente de la 1 a la 13, ambas inclusive. Habida cuenta de que el número de socios del Club con derecho de suscripción de las acciones de la nueva Sociedad Anónima Deportiva que han suscrito acciones de la Sociedad Anónima Deportiva en la primera fase de suscripció de acciones ya finalizada es de 13, de que, de conformidad con lo establecido en la Disposición transitoria tercera del Real Decreto 1084/1991, de 5 de julio, de Sociedades Anónimas Deportivas, en la segunda fase de suscripció de acciones todos ellos tienen derecho a suscribir igual número de acciones de la nueva Sociedad Anónima Deportiva no suscritas en la primera fase de suscripció de acciones, y de que el número de acciones no suscritas en la referida primera fase de suscripción de acciones asciende a 2.167 acciones de las 2.180 acciones nominativas en que se divide el capital social de la Sociedad Anónima Deportiva, cada uno de los referidos 13 socios con derecho de suscripció de acciones en la segunda fase de suscripción de acciones podra suscribir en esta segunda fase de suscripció un máximo de 166 acciones, de la nueva Sociedad Ano nima Deportiva mediante el desembolso dinerario del valor nominal de cada una de ellas de 162,00 euros y la suscripción del correspondiente Boletín de suscripción de acciones, cuyo modelo para suscriptores personas físicas y jurídicas fue aprobado por acuerdo de la Junta Directiva, igualmente. El Boletín de suscripción de acciones se formalizara por triplicado, quedando un primer ejemplar en poder del Club, un segundo ejemplar en la entidad de crédito que se indica a continuación en la que se verifiquen las suscripciones y desembolsos de las acciones, y el tercer ejemplar se le entregara al suscriptor con la firma de uno de los miembros de la Junta Directiva del Club o de la propia entidad de cre dito autorizada para admitir las suscripciones y desembolsos de las acciones. Esta segunda fase de suscripción de acciones durará un período de 30 días contados desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio.
El desembolso dinerario de su valor nominal de las acciones se realizara en la cuenta bancaria IBAN ES36 3058 1807 7027 2001 5522 abierta a tal efecto en la entidad bancaria Cajamar. Realizado el ingreso, debera acudirse a las oficinas del Club donde se formalizara el correspondiente boletín de suscripción de acciones. El interesado en suscribir acciones de la nueva Sociedad Anónima Deportiva podrá obtener información detallada en las oficinas del Club. Transcurrido el plazo de 30 días establecido para la suscripción de acciones de la nueva Sociedad Anónima Deportiva en la segunda fase de suscripción, únicamente sera necesario nueva convocatoria de suscripción para el supuesto de no se hayan suscrito la totalidad de ellas.