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Almería

Reducen la pena de un condenado por cultivar marihuana

Ha reducido de tres a dos años la pena de prisión impuesta a un condenado por cultivar casi 500 plantas de marihuana

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  • Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA). -

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha reducido de tres a dos años la pena de prisión impuesta a un condenado por cultivar casi 500 plantas de marihuana en Almería junto a su pareja.

La sentencia original señalaba que el procesado F.P.C.y la acusada M.C.S. cultivaban y preparaban plantas de marihuana para su venta posterior en el domicilio que ambos compartían en la capital almeriense.

Según este fallo, el 15 de octubre de 2020 la Policía Nacional efectuó un registro en este inmueble, en el que localizó 23 focos reflectores, 23 transformadores , dos extractores, 1 aparato de aíre acondicionado, 134 plantas de marihuana, una balanza, un filtro y una escritura de compraventa, entre otros.

También fueron intervenidos 9 paquetes pequeños monodosis que contenían heroína.

La sentencia añadía que ese mismo día se hizo otra entrada en una vivienda de F.P.C., en la que un menor colaboraba con él en el cultivo de marihuana, y en la que se hallaron 20 focos reflectores, 22 transformadores, 3 aparatos de aíre acondicionado, 2 filtros, material eléctrico y fitosanitario y 227 plantas de marihuana, entre otros.

La marihuana habría alcanzado un valor total mínimo de 20.789,59 euros, vendida por gramos .

Apostillaba que además contaban con enganches ilegales en ambos domicilios, aunque se imputaba esto último únicamente al procesado en el caso del segundo inmueble.

De esta forma, la mujer fue condenada a un año y nueve meses de prisión, con multa de 20.000 euros, por un delito contra la salud pública, y al pago de otra multa por un delito de defraudación eléctrica.

Por su parte, el hombre fue condenado a tres años y medio de prisión, con multa de 25.000 euros, por un delito contra la salud pública, y al pago de otra multa por un delito de defraudación eléctrica.

Sin embargo, el TSJA estima parcialmente el recurso de apelación interpuesto por la abogada Mónica Moya en nombre el acusado F.P.C., y reduce la pena de prisión por el delito contra la salud pública a dos años, dejando igual el resto de pronunciamientos.

Esto es así porque el Alto Tribunal andaluz entiende que no es factible aplicar la modalidad agravada del delito, al considerar que "el menor (ciertamente cercano a la mayoría de edad ) asumió un rol principal y de protagonismo vital en la atención, protección y cuidado de la plantación de marihuana, así que no se prevalió de su ascendencia sobre él.

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