El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha elevado la pena impuesta a un hombre por estafar a 14 personas con falsos alquileres de viviendas vacacionales en la Costa del Sol. Así, se modifica la sentencia de la Audiencia de Málaga para imponerle cuatro años de cárcel en lugar de los tres a los que fue condenado.
Según se declaró probado por la Audiencia malagueña, ahora confirmado por la sentencia del TSJA, a la que ha tenido acceso Europa Press, el acusado era administrador único de una empresa inmobiliaria y aparentaba "una seriedad y solvencia de la que carecía".
Así, ofreció vía Internet a través de una web de anuncios alquileres de distintas viviendas en la Costa del Sol "sin derecho ni título alguno que le legitimase para ello y sin conocimiento ni autorización de sus propietarios, "aprovechando esa apariencia de seriedad y profesionalidad".
Con esto, cuando los interesados en alquilar las viviendas ofertadas se ponían en contacto con él como representante legal de la empresa les transmitía un documento de reserva de alquiler firmado por él y les daba los datos bancarios de la cuenta corriente de su empresa.
Entonces, supuestamente les exigía para formalizar la reserva el abono del 50 por ciento del importe "del falaz arrendamiento" a la cuenta referida, obteniendo así de los interesados determinadas cantidades, que suman casi 8.000 euros, según se indica en la sentencia.
"Ni él ni su empresa disponían de inmueble alguno", dice la Sala, apuntando que poco antes de que las personas ocuparan la vivienda, "cuando incluso ya se hallaban de camino desde distintos puntos de la geografía española hacia la Costa del Sol", el acusado les comunicaba que por circunstancias sobrevenidas no la podían ocupar.
La sentencia considera probado que el procesado se quedó con las cantidades recibidas "y las incorporó a su patrimonio". Según el Tribunal, "pese a los múltiples requerimientos efectuados, no ha devuelto cantidad alguna a los perjudicados", por lo que ha sido condenado a devolverlas.
Para la Sala, el acusado, mediante la sociedad que tenía y utilizada como pantalla "de fiable actividad empresarial de alquiler de viviendas sobre las cuales carecía de título o poder de disposición alguno, diseñó un escenario eficazmente engañoso con falsa apariencia de solvencia y seriedad para captar interesados en alquilarlas en temporada de verano y obtuvo beneficio patrimonial".
El alto Tribunal andaluz estima el recurso presentado por el fiscal, que solicitó aumentar la pena de prisión, al ser un delito continuado. Así, el TSJA considera que, teniendo en cuenta los perjuicios materiales o morales causados a las víctimas, la condena debe situarse en cuatro años de cárcel.
Por otra parte, rechaza el recurso de la defensa del acusado, quien alegó que los clientes debieron haber recabado información sobre la identidad de los propietarios de las viviendas y la titularidad de las mismas, lo que supone "desplazar el foco de atención y la responsabilidad sobre las víctimas, liberando de ella al único responsable del múltiple perjuicio causado mediante engaño".