En España se sigue produciendo un número "excesivo" de pruebas óseas de determinación de la edad para niños migrantes, una práctica que según dictó el Tribunal Supremo el pasado mes de julio no puede hacerse de forma indiscriminada y que por aplicación estricta del protocolo de Menores no Acompañados aprobado por el Gobierno en octubre sigue imponiéndose más como norma que como excepción.
Este "exceso" de pruebas lo ha notado la Defensora del Pueblo, Soledad Becerril, que en una entrevista con Europa Press ha afirmado que "sigue siendo excesivo el número de pruebas que se hacen para determinar la edad del menor" aunque su institución ha elevado "las recomendaciones oportunas para que solamente en casos de clara duda se efectúen".
La Institución presentó un informe monográfico sobre las pruebas de determinación de la edad en 2011 que revelaba el amplio margen de error que tienen estos exámenes radiológicos, que pueden hacer pasar a un niño de 14 años por uno de 18, lo que implica que sea expulsado del sistema de protección de menores y se quede en la calle en situación administrativa irregular, lo que puede acarrear además su deportación.
El Tribunal Supremo sentenció el pasado mes de julio a partir de las denuncias de Fundación Raíces, que en ningún caso se pueden ordenar "de forma indiscriminada" estas pruebas de determinación de la edad. No pueden realizarse a niños que tengan documentación oficial del país de origen que acredite su fecha de nacimiento, ni a niños que no la tengan salvo que existan indicios fundados de que son adultos.
"Es excesivo el número de pruebas que se hacen para determinar la edad de un menor, nos lo parecía y nos lo sigue pareciendo. Hemos hecho las recomendaciones oportunas para que solamente en casos de clara duda se efectúen y no se tome como principio general la duda en la edad que presenta en su documento el menor. Vemos que hay sensibilidad y que se quiere aplicar este criterio", ha señalado Becerril.
Fundación Raíces encuentra una de las causas de la persistencia de esta práctica en el protocolo marco de actuación con Menores Extranjeros no Acompañados que aprobó en octubre el Ministerio de Empleo. Esta guía de actuación dice que se dará por indocumentado a un niño cuando su documentos de identidad "sean contradictorios con previas pruebas médicas sobre la edad o filiación practicadas a instancia del Ministerio Fiscal".
"Es una trampa --dice Lourdes Reyzábal, responsable de la organización--. Las fechas nunca van a coincidir porque la fecha de nacimiento se determina por aproximación en la prueba médica, es una estimación. Cuando el menor consigue después su partida de nacimiento o su pasaporte en la embajada o consulado de su país, las autoridades españolas deciden que las fechas son contradictorias y dan por inválido el documento. Le decretan adulto", explica.
SEIS CASOS EN CUATRO MESES
Desde que el Supremo dictó su sentencia, Fundación Raíces ha tenido que defender a seis niños extranjeros a quienes la Fiscalía de Menores de la Comunidad de Madrid quería dar por adultos y ordenar pruebas de determinación de la edad aunque tenían todos sus documentos en regla. La organización advierte de que su experiencia no es siquiera la punta del iceberg y que los casos pueden seguir multiplicándose en todo el territorio.
Uno de ellos es el de un adolescente de Bangladesh que había solicitado asilo y cuyo pasaporte, por tanto, estaba en posesión de la Oficina de Asilo y Refugio del Ministerio del Interior, que retiene el documento mientras se realizan los trámites. Contaba con una fotocopia compulsada y desde la ONG se había remitido a Fiscalía de Menores su expediente completo, contando todos estos detalles.
Reyzábal denuncia que pese a todo, cuando llegó el momento de la audiencia, además de recibir "un trato absolutamente degradante y de abuso de autoridad", el chico tuvo que enfrentarse a un fiscal que "desde el minuto uno dijo que le iba a dar por adulto". Tras varias horas "plantados" en las dependencias de Fiscalía y después de amenazar con montar "un escándalo", la administración atendió a razones y el niño entró en el sistema de protección, donde aún sigue.
Más grave fue a su parecer, el caso de un chico marroquí en cuyo pasaporte figuraba un visado del consulado español, fruto de una estancia anterior que, si bien había caducado, probaba la validez del documento. En este caso, fue la policía de menores (GRUME) quien comunicó al fiscal de guardia que, en virtud del nuevo protocolo, había que llevar al niño a la Comisaría de Extranjería "para determinar su edad" antes de trasladarle a protección, cuando "su edad estaba más que determinada".
"MEJOR DECIR QUE ERES ADULTO"
Otro de los casos que expone es el de un niño de Malí que saltó la valla de Melilla el pasado mes de octubre. Allí se le realizaron pruebas de determinación de la edad y llegaron a la conclusión de que tenía menos de 18. Reyzábal cuenta que tanto sus compañeros en el centro de menores La Purísima como "los propios educadores" le aconsejaron decir que era adulto para conseguir el traslado a la Península y así lo hizo: fue a la policía en el CETI y se declaró mayor de 18.
Una vez en Madrid, Fundación Raíces consiguió su documentación original, la expedida por Malí, que decía, de nuevo, que era menor de edad. Aún así, se pretendió que se le realizasen, ya en Madrid, más radiografías. "Cuenta más la palabra del niño que la prueba médica o cualquier documento, salvo que el niño diga que es un niño. En ese caso, cuenta todo lo demás, con tal de decir que es un adulto", lamenta la experta.
Ante este tipo de casos, Reyzábal mira con "esperanza" el nombramiento de la hasta ahora Fiscal de Sala de Menores, Consuelo Madrigal, como Fiscal General del Estado y confía en que desde sus nuevas responsabilidades pueda contribuir a cambiar la tendencia. Reconoce su labor en la defensa de los menores en situación de vulnerabilidad y cree que tenerla al frente de toda la fiscalía puede hacer que por fin, prevalezca la doctrina del Supremo.