Seguridad Municipal y actos públicos

Publicado: 31/05/2017
los actos públicos sin ánimo de lucro desarrollados por la ciudadanía estarán asegurados por el propio Ayuntamiento, que es quien debe velar por el ejercicio
Artículo Seguridad Municipal y actos públicos

Desde hace unos meses, a quienes desean organizar actos públicos, el Ayuntamiento de Algeciras requiere la contratación de una póliza de seguro de responsabilidad civil. Estos días  el Ayuntamiento algecireño se envía a las asociaciones de vecinos el siguiente mensaje: “La Delegación de FERIA y FIESTAS requerirá una PÓLIZA DE SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL, de la actividad que vayan a realizar ese día, a aquellas asociaciones que vayan a organizar actos públicos.”  Cualquier manifestación o acto público debe ser conocido previamente por las instituciones competentes, ya que son responsables de que transcurran  con normalidad y seguridad. Esta coordinación de eventos permitiría valorar si lo previsto supondría alguna limitación o generaría riesgos para la seguridad de las personas. A partir de ahí no cabe prohibir o limitar las manifestaciones ciudadanas o actos públicos sean de naturaleza festiva o cultural. En este sentido el decreto andaluz 109/ 2005 en su artículo 2, concreta que están “exentas de la obligación de concertar el contrato de seguro de responsabilidad civil previsto en la Ley 13/1999, de 15 de diciembre, aquellas personas o entidades que organicen celebraciones de carácter estrictamente privado o familiar o que supongan el ejercicio de derechos fundamentales en el ámbito laboral, sindical, político, religioso o docente.”
Se entiende que el Ayuntamiento de Algeciras impone, con este requerimiento a la organización de las actividades ciudadanas, una complicación económica y administrativa, al exigir la contratación previa de una póliza de seguros de responsabilidad civil, máxime si la ley no obliga a ello. Las compañías aseguradoras están de en hora buena, ya que en todos los eventos cívicos o religiosos, que requieran el uso de lugares públicos, desfiles de todo tipo, conciertos… y, en general, cualquier manifestación pública requerirá la contratación del susodicho seguro de responsabilidad civil, que debe ser acorde con el riesgo y número de personas que asistieran al mismo (calcúlese un evento como el Rocío que se avecina, o las pasadas procesiones de semana santa). El sentido común aconseja que para determinados eventos que entrañen riesgos evidentes se prevea tal seguro.
No hace un mes a un acto celebrado por Marea Verde en la Plaza Alta de Algeciras, que consistía  poner tres mesas para informar a la ciudadanía de aspectos en defensa de la escuela pública, se le exigió y se pagó un seguro que costó 86 euros, por ese “ratito”.  De existir la ordenanza municipal correspondiente debe contener  lo que la ley ya dispone y, llegado el caso,  los actos públicos  sin ánimo de lucro desarrollados por la ciudadanía estarán asegurados por el propio Ayuntamiento, que es quien debe velar por el ejercicio seguro de los derechos cívicos.
Fdo Rafael Fenoy Rico

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