Una sentencia del Juzgado de lo Social número 3 de Sevilla ha obligado a readmitir a una conductora de una empresa de autobuses tras declararse nulo su despido.
Según un nota de la Confederación General del Trabajo de Andalucía (CGT), la afectada había sido despedida tras denuncias de los incumplimientos de la legalidad vigente de prevención de riesgos y de seguridad del transporte de viajeros, "al margen de por su condición de homosexual, hecho que provocaba entre los directivos de la empresa todo tipo de tratos despectivos y vejatorios".
Según la fuente, la sentencia obliga a la empresa a su reincorporación inmediata ante los hechos declarados probados en la misma, por los que el juzgador estima una flagrante violación de los derechos fundamentales a la Libertad Sindical y a la indemnidad.
La empleada, además de ser readmitida en las mismas condiciones laborales previas al despido, debe percibir todos los salarios desde el despido hasta la readmisión.
La nota también informa de que el Tribunal Superior de Justicia ha declarado improcedente un despido de un miembro de CGT en la empresa de autobuses, que fue despedido con anterioridad y que deberá cobrar los salarios dejados de percibir desde 2012 hasta la fecha y ser indemnizado con 25.000 euros o readmitido en el plazo de cinco días