Celestino S.G fue condenado por la Audiencia Provincial de Cáceres a nueve años de prisión por un delito continuado de agresión sexual, a dos por uno de violencia física y psíquica habitual y a nueves meses por un delito de lesiones.
En la sentencia se ha estimado parcialmente el recurso presentado por Celestino S.G, al considerar que no ha quedado probado que, como consideró en 2008 la Audiencia Provincial de Cáceres, a partir del año 2003 el acusado “sacaba a su mujer de la cama” que compartía con su hija una vez dormida ésta y “pese a su resistencia la penetraba vaginalmente”.